Despido objetivo

Mi empresa quiere despedir a 5 compañeros con el despido objetivo (20 días año) por causas económicas. Anteriormente ya habían estado en un ERE que acabó hace 3 meses ¿Es legal que la elección haya sido "a dedo"? Ya que hay trabajadores entre esos 5 que tienen más de 15 y 20 años de antigüedad, mientras que no están incluidos trabajadores con menos de 5 años...
Otra cosa, les han enviado una carta certificada 15 días antes de la fecha del despido en la que les indican la retribución que les pertenece, esos 20 días. Lo fuerte es que la empresa, según esa carta, sólo les abonará 12 días por año y los otros 8 los abonará "fogasa" (fondo de garantía salarial). ¿Ésto es legal? ¿Cuál es el plazo de tiempo máximo por ley que tiene el fondo de garantía salarial para pagar a un trabajador?

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La empresa puede despedir a los trabajadores que estime oportunos para mejorar sus situación económica, técnica u organizativa.
El Fondo de Garantía Salarial abona a los trabajadores las indemnizaciones reconocidas en Sentencia o Resolución de la Autoridad Laboral, por despido declarado nulo o improcedente, extinción de los contratos de trabajo por voluntad del trabajador cuando se solicite por causa justa, despido colectivo u objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y por fuerza mayor, y siempre en los supuestos de insolvencia.
El fondo de garantía Salarial pagará cuando compruebe que la empresa es insolvente y no puede hacer frente a los pagos, para reclamar al fondo de garantía salarial hay un plazo de un año.
Respecto a lo de los ocho días no se como lo han hecho a lo mejor estaba estipulado en el ERE.
Entonces el fondo de garantía actúa en esos supuestos citados, pero obligatoriamente debe ser en caso de insolvencia de la empresa, ¿no? Si la empresa no se declara insolvente el fondo no actúa.
En esta empresa todo sigue igual, se paga a proveedores como siempre, cobramos a final de mes como siempre, etc. Lo único que cambia es que seremos menos trabajadores. Es cierto que ha bajado la facturación de la empresa notablemente con respecto a hace varios años, pero ¿no puede ser una maniobra legal aprovechando el despido objetivo para librarse de bastantes trabajadores "a mitad de precio"?
Efectivamente el fondo de garantía salarial solo paga cuando la empresa no puede hacerse responsable la empresa.
Por estos motivos están los despidos por causas económicas para que el empresario pague menos a los trabajadores en caso de despido para poder seguir con la actividad de su empresa.
También es verdad que con la crisis hay muchos empresarios que se están aporvechando de esta situación y despiden a sus trabajadores por causas económica´s.
Si no estas muy seguros denunciar por despido improcedente.

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