Despido procedente

Buenos días, ayer mismo me notificaron en mi empresa que a mediados del mes de Abril me despedirían debido a la baja de trabajo ("crisis"). Mi jefe me comentó que me harían un despido procedente, a pesar de estar muy contentos conmigo, pero que no podían seguir pagando mi nómina. Que en la carta de despido alegarían que el despido solo es debido a la falta de trabajo y no por mala conducta, y que me darían 20 días por año trabajado (ahora hace justo 4 años que estoy en la empresa con contrato indefinido). Tengo las siguientes dudas: 1. ¿Qué diferencia hay entre despido procedente e improcedente? 2. ¿Tengo derecho a pedir 45 días por año trabajado en vez de 20 como me ofrecen ellos? ¿En qué me afecta a mi el hecho de ser un despido procedente? ¿Tendré derecho a paro?
Agradecería me respondieran lo antes posible. Gracias de antemano.

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En un despido procedente se alegan causas, normalmente económicas, te despiden con 20 días de salario por año de trabajo y si cobras el paro. Por despido improcedente te corresponde 45 días por año trabajado, normalmente en la carta de despido se suele decir que el trabajador ha descuidado sus obligaciones laborales y ha bajado su ritmo de trabajo de forma voluntaria, y finalmente reconoce el despido como improcedente (es decir que te despiden porque quieren) en este caso también te correspondería paro.
Es muy difícil demostrar un despido procedente se suelen declarar improcedente, porque la empresa tendría que demostrar los motivos que le llevan a tal despido y si no lo puede demostrar el despido sería improcedente obligándole el juez a pagar 45 días de salario por año trabajado.

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