Beneficios y objetivos firmados para el 2008

Tengo un compañero que le pasa lo siguiente:
En el 2008 le hicieron firmar una hoja donde especificaba cuanto cobraría por los objetivos (se tenia que cumplir un mínimo un 60%)
1. Ha presentado su baja voluntaria
2. Reclama a la empresa que en el finiquito haya un apartado que especifique que tiene todos los derechos a cobrar estos beneficios ya que el ha estado trabajando de enero a diciembre del 2008, pero le comentan que no se lo van a incluir (De hecho a un compañero suyo que si han depedido no se lo ponen en el contrato) En la C.C.O.O. Nos han dicho que estamos en nuestro derecho.
3. Entiende que para la empresa es imposible sacar si hay beneficios o no ahora en Febrero, esto se realizaría en los primeros meses de este 2009.
Las preguntas son:
1. Si habiéndoles avisado que incluyan esta linea para cobrar los beneficios, y no la incluyen, ¿qué debe hacer? ¿Poner no estoy conforme y firmar? ¿Ir después ir a poner una denuncia?
2. ¿Si me incluyen este punto? ¿Qué debería exactamente poner en el apartado? Supongo que debe especificar un mes concreto y día donde me deben notificar e ingresar lo debido.
3. ¿Cómo puedo saber si la información que me da la empresa es verídica? Claro esta que me pueden decir no hemos ganado nada y no te pagamos, o no llegamos al 60% de objetivos y no te pagamos, ¿pero cómo pueden demostrarlo? ¿Cómo me lo tienen que enseñar?
4. En el caso que se haya llegado al 60%, ¿y después me pagan 0? ¿Por qué me ponen una puntuación de 0 en todo? ¿Cómo puedo alegar que me lo hacen para no pagarme nada?

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Como ese salario se genera sobre el año 2008 y ya lo ha trabajado tiene derecho a cobrarlo aunque haya dado su baja voluntaria al igual que le correspondería cobrar atrasos.
Si la empresa no se lo paga podría poner una reclamación de cantidad por la vía judicial. No importa que firme como no conforme, pero el hacerlo siempre puede evitar problemas, por lo que es aconsejable.
Este salario debería ir indicado en el finiquito con el mismo concepto salarial de años anteriores.
Si la empresa no lo paga siempre tendríais que reclamarlo y que fuera ella la que lo justicara judicialmente, las cuentas las pueden falsear, pero ya dependería de como lo pelearais judicialmente. Si existen representantes de los trabajadores, estos tienen derecho a pedir la contabilidad a la empresa para hacer un seguimiento.
Y el último punto, pues lo mismo que te he comentado antes, reclamar vía judicial, recabando con anterioridad pruebas para ganar el juicio. Si al resto se lo pagan a vosotros os lo tendrían que pagar, no puede haber objetivos para unos pocos si todos siguen la misma pauta para cobrarlos.

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