Derecho a descanso semanal

Trabajo en una boutique de ropa. Mi contrato es de 40h semanales aunque realmente como trabajo 7h al día de lunes a sábados, serían 42h. Hasta ahora he estado librando una mañana a la semana (3,5h) además de los domingos. Pero ahora me han dicho que no me corresponde tanto y que sólo debería librar 2 mañanas al mes.
Según lo que he podido ver en el convenio de comercio textil me corresponde una mañana a la semana, pero me dicen que en ese caso ya no hago las horas que pone en mi contrato sino que haría 38,5h.
¿Me podrían ayudar y decirme realmente qué descanso semanal me corresponde?

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De momento ya estas trabajando dos horas mas de las 40 horas establecidas para la jornada laboral .. Mira todo trabajador tiene desecho a un descanso semanal de como mínimo, un día y medio ademas, Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente tiene que mediar como mínimo, doce horas articulo 37 del ET) .. Por lo tanto como las condiciones que establezca el convenio colectivo nunca pueden estar par debajo de las que establece el ET, el descanso semanal que te corresponde es de al menos un día y medio a la semana que puede iniciarse el sábado por la tarde hasta el lunes o en su caso el domingo entero y la mañana del lunes.. Y si tienes alguna duda y la empresa no respeta tu descanso semanal como establece el articulo 37 del ET estas en tu derecho de reclamar a la empresa el día y medio que te corresponde y si no te hacen caso te pones en contacto con un sindicato o con la inspección de trabajo y seguridad social para que tomen las medidas legales oportunas.. Pero no dejes que pisoteen tus derechos.. Un saludo y buena suerte.. No se te olvide finalizar la pregunta gracias..

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a37

http://www.empleo.gob.es/es/guia/texto/guia_5/contenidos/guia_5_14_1.htm

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