Cambio importante en comisiones de venta

¿Es legal que de un año a otro pueda carbiar la empresa la cantidad a percibir por comisiones en la venta de un vehículo en más del 70%?
La empresa es de venta de automóviles. Se podría reclamar
{"lat":40.4140188496877,"lng":-3.69140625}

1 respuesta

Respuesta
1
Lo primero es que debes cobrar como mínimo todos los conceptos y pluses olbigatorios de tu categoría en el convenio de comercio de tu provincia. Lo digo por si te están aplicando otro convenio.
Una vez que eso esté arreglado, los incentivos son un plus voluntario, pero una vez que se paga entra a formar parte de las condiciones de tu contrato. Que sea voluntario en inicio no quiere decir que te lo puedan quitar luego. Puedes reclamarlo retroactivamente hasta 12 meses, pero a ti te corresponde demostrar cómo se calculaban esos incentivos. Seguramente que con las nóminas anteriores y los listados de ventas sea más que suficiente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas