Chófer

Mi pregunta es muy simple. Soy un conductor de camión y mi jefe nos obliga a trabajar los domingos y nos paga ese día como día normal. En mi contrato pone que la jornada es de lunes a domingo con los descansos que establece la ley y 40 horas. No me debería pagar más por el domingo, y estoy obligado a trabajarlo.
Y la otra pregunta es. Nosotros en el convenio tenemos unas dietas estblecidas tanto por noche, comida y cena. Estas dietas tenemos que justificarlas con facturas de hoteles y restaurantes para cobrarlas o no, ya que muchas veces dormimos en el camión y eso no lo cobramos por eso, según el.

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Lo que tienes que mirar no es el contrato sino tu convenio de trasnsportes de mercancías por carreteras, que es provincial, y en algunos sitios autonómico. En él dirá todas las normas relativas a tu jornada, horario, días libres. En lo que no diga el convenio se aplica el Estatuto de los Trabajadores, que dice que cualquier trabajador tiene derecho a 1,5 días libres por semana como mínimo y que las horas extras son siempre voluntarias y un máximo de 80 al año.
Por tanto tú puedes trabajar el domingo o cualquier día de la semana, pero nadie puede obligarte a trabajar más de la jornada máxima que diga tu convenio (que puede que sean menos de 40h) ni a dejar de librar menos de 1,5 días semanales (algunos convenios permiten acumular los días libres).
En cuanto a dietas, lo que diga tu convenio. Si dice que la dieta diaria con pernoctación son, por ejemplo, 70 euros al día te los tiene que pagar duermas donde duermas.

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