Despido por causa objetiva

Buenas tardes!.
Me acabo de incorporar al trabajo tras una excedencia de seis meses por cuidado de hijo. He solicitado reducción de jornada y me encuentro con la sorpresa de que me han cambiado de puesto de trabajo alegando que al no trabajar las 8 horas no puedo llevar mi trabajo al día y que debido a la crisis, el volumen a bajado y otra persona hace las funcionas que antes yo desempeñaba.
Ahora nos enteramos que la empresa va a reducir la plantilla (al menos 6 trabajadores) mediante despido por causa objetiva.
Mi pregunta es: ¿Puede afectarme a mí después de incorporarme tras una baja por maternidad con reducción de jornada?.
En espera de su respuesta, le doy las gracias anticipadamente.

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No, no temas lo que alega tu empresa no es un despido objetivo, es un vil despido sin causa o indirecto. Ahora bien cuando quieran hacer eso contigo debes enviarles una carta documento ijntimandolos a que te reintegren a tu trabajo bajo apercibimineto de considerarte despedida sin causa e iniciarles acciones legales.
Las empresas están equivocadas si creen que eso es despido objetivo, juegancon la ignorancia de los trabbajadores, veras si concurres a unjuicio como lacondenaran a indemnizarte. Sigue adelante que el derecho te asiste
Buenas tardes Humberto1981:
Ante todo muchas gracias por su respuesta. Me gustaría aclarar una cosa: Lo que la empresa pretende hacer es despedir a 6 trabajadores mediante causa objetiva, que en este caso es la amortización de puestos de trabajo, imdernizando a los trabajadores con 20 días por año en vez de 45, acogiéndose a la crisis que afecta al sector (trabajo en el sector del automóvil).
Aclarado este punto, ¿puede decirme si pueden despedirme o sería un despido nulo?. Le recuerdo que me he incorporado después de una excedencia y tengo la jornada reducida por cuidado de hijos.
Muchas gracias.
No te pueden despedir, ademas si esos empleados que despidieron elegando crisis iniciaran una buena demanda te puedo asegurar que la ganarían ya que jamas configura esa forma un despido objetivo; más allá de los dichos dela empresa o sus asesores, los jueces desconocen esos criterios; sin un procedimiento preventivo de crisis y suspensiones previas, no pueden despedir por mera crisis del sector; pero no quiero entrar en esto por que no atañe a lo nuestro.
Con respecto a tu caso particular no temas, de hacerlo pueden hacerlo el tema es que si lo hacen sera un despido sin causa y podrás iniciarle tamaño juicio como ya lo mencionara y obtener una indemnización amplia.

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