Derecho ha supsidio

BUENOS DÍAS: mi consulta es la siguiente.mi mujer, cotizo de el año 1992 al 1994, 791 días, en el año 2002, 22 días y en el año 2008, 40 días, ella nunca ha solicitado el supsidio de desempleo, mi pregunta es, lo puede solicitar ahora. Muchísimas gracias

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Ante todo decirte que el subsidio, es una ayuda que se concede a los trabajadores en situación de desempleo, y que para tener deerecho a esta ayuda, es necesario cumplir una serie de condiciones, que te las apunto a continuación:
Trabajadores que, al producirse la situación legal de desempleo, no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva
Requisitos
* Estar desempleado y en situación legal de desempleo (ver «Situaciones legales de desempleo» en el apartado 22.1).
* Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de quince días, desde la situación legal de desempleo.
* Tener cotizados, en un régimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia de desempleo, al menos tres meses, si tiene responsabilidades familiares, o seis meses si no las tiene, y no tener cubierto el período mínimo de cotización para tener derecho a prestación contributiva.
* Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional vigente, excluidas las pagas extraordinarias.
Si el trabajador tuviera derecho al «Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años», percibiría éste.
Duración

Estará en función del número de meses cotizados y si tiene o no responsabilidades familiares:
* En el caso de que el trabajador tenga responsabilidades familiares:
* Tres, cuatro o cinco meses, si se ha cotizado tres, cuatro o cinco meses, respectivamente.
* Veintiún meses si se ha cotizado seis o más meses.
* En el caso de que el trabajador no tenga responsabilidades familiares:
* Seis meses si se ha cotizado seis o más meses.
* La duración del subsidio en el caso de trabajadores fijos discontinuos será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
Cuando se reconozca el derecho en estos supuestos, las cotizaciones que sirvieron para el nacimiento del subsidio no podrán ser tenidas en cuenta para el reconocimiento de un nuevo derecho a prestación de nivel contributivo o asistencial.
Contenido del subsidio
* Percepción económica: el 80 por 100 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente (IPREM): 413,52 euros/mes.
* La Entidad Gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o ISM) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia. Además, desde el 1 de enero de 2006, para trabajadores fijos discontinuos mayores de 52 años se cotizará por la contingencia de jubilación.
Con independencia de lo previsto en el párrafo anterior, en los casos de percepción del subsidio de desempleo, por trabajadores fijos discontinuos menores de 52 años, si el beneficiario ha acreditado, a efectos del reconocimiento del subsidio, un período de ocupación cotizada de ciento ochenta o más días, la Entidad Gestora ingresará también las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la contingencia de jubilación durante un período de sesenta días, a partir de la fecha en que nazca el derecho al subsidio por desempleo.
A efectos de determinar la cotización de los supuestos señalados en los párrafos anteriores, se tomará como base de cotización el tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
En el caso de que el trabajo anterior fuera a tiempo parcial, la cuantía del subsidio se percibirá en proporción a la jornada de trabajo que hubiera efectuado y la base de cotización a la Seguridad Social estará en la misma proporción, para los subsidios nacidos antes del 24 de marzo de 2007. Aquellos subsidios nacidos a partir del 24 de marzo de 2007, la cuantía del subsidio será del 80 por 100 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento sin reducción proporcional a las horas previamente trabajadas.
Tramitación

* La solicitud se formalizará en el plazo de los quince días siguientes a la situación legal de desempleo.
* La documentación que se deberá aportar es la siguiente:
* Impreso de solicitud del subsidio en el modelo oficial que incorpora la adhesión al compromiso de actividad, los datos de domiciliación bancaria, la autorización para recabar información tributaria del solicitante y de los miembros de su unidad familiar a la Agencia Estatal Tributaria, y la declaración de las rentas obtenidas por el trabajador y los miembros de su unidad familiar.
* Documento de identificación personal: DNI para trabajadores españoles y tarjeta de identificación de extranjeros o pasaporte para nacionales de otro país.
* Libro de Familia o documento equivalente en caso de extranjeros.
*Documento que acredite la situación legal de desempleo.
* En caso de que la Entidad Gestora lo requiera, justificante de rentas del solicitante y, en su caso, de los miembros de su unidad familiar.
Espero que esta respuesta te pued ayudar en algo, te he remitido, no solo las condiciones que se piden para solicitar esta ayuda, sino también la duración, y la documentación que te pedirán para tramitar la solicitud.
Cuando decidas finalizar esta consulta, puntúala.

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