Período de IT y salario

Hola,
Quería saber si es correcto que la empresa no pague nada durante los 3 primeros día de una IT de un trabajador, ya sea con baja médica o no.
Gracias de antemano. Un saludo,

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Según la ley de SS, los tres primeros días de baja no se cobran en bajas por enfermedad común o accidente no de trabajo. Pero en muchos convenios se obliga a las empresas afectadas por él a la mejora de esto. En algunos incluso se obliga al pago del 100% del salario en cualquier tipo de baja desde el primer día.
Si es sin baja el descuento es correcto, a no ser que en tu convenio diga lo contrario, cosa que dudo.
Recomiendo este libro para conocer y evitar las artimañas habituales en las empresas y demás asuntos legales en el trabajo.
El convenio que afecta a la empresa es el de Empresas Consultoras de Planificación, Organización de Empresas y Contable. En el mismo, sólo se hace referencia a lo siguiente:
Artículo 26. Prestaciones por enfermedad y accidente de trabajo.
1. Aparte de lo establecido en la Ley de la Seguridad Social sobre indemnizaciones, se respetarán las condiciones más beneficiosas que, en virtud de costumbres o concesión espontánea de las empresas, estén establecidas.
2. Las empresas afectadas por este Convenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedad de más de treinta días, complementarán las prestaciones de los seguros de enfermedad y accidentes de trabajo, hasta el 100 % del salario durante un plazo máximo de doce meses, a partir de la baja.

3. Los empleados están obligados, salvo imposibilidad manifiesta y justificada, a cursar la baja de la Seguridad Social dentro de las cuarenta y ocho horas. Habrán de prestarse también a ser reconocidos por el médico que designe la empresa, al objeto de que éste informe sobre la imposibilidad de prestar servicio. La resistencia del empleado a ser reconocido establecerá la presunción de que la enfermedad es simulada. En caso de discrepancia entre el médico de la empresa y el empleado, se someterá la cuestión a la Inspección Médica de la Seguridad Social, cuyo dictamen será decisivo.
Me imagino que los 3 primeros días, en este caso, no se cobran...
Efectivamente, según tu convenio los 3 primeros no se cobran, pero desde el 5 hasta el 365 cobras el 100% si la baja dura más de 30 días. Eso es una mejora muy importante.

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