Absentismo

Quisiera preguntar lo siguiente:
1. Si falto a trabajar algún día por temas médicos, o por aglún examen o algo que pueda presentar justificante, ¿me pueden descontar esa parte del sueldo?
2. ¿Y si no lo puedo justificar oficialmente por trtarse de asuntos propios?

3 Respuestas

Respuesta
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Respecto al punto 1, si faltas por esos motivos y puedes justificarlo de momento no podrán sancionarte, porque tienes derecho a acudir al médico o a realizar exámenes, este permiso podrá ser retribuido si así lo establece tu convenio colectivo, si no lo establece no tendrán que pagarte el tiempo que hayas faltado aunque tienes derecho a faltar por estos motivos.
Respecto al punto 2, todo aquello que no justifiques dará derecho a la empresa a que te descuente las horas que hayas faltado al trabajo, además podrán sancionarte por faltar injustificadamente.
Si tienes días de libre disposición o de asuntos propios, y faltas por motivos que no sean permiso retribuido (lo podrás ver en tu convenio), podrás hacer uso de estos días para que no te descuenten salario.
Muchas gracias por la rapidez de la respuesta.
El convenio colectivo dice en el apartado de permisos que "el trabajador tendrá derecho a los siguientes permisos retribuidos":
Entre otros dice: "por el tiempo indispensable para el cumplimiento inexcusable de un deber de carácter público y personal"
Según esto, ¿puedo faltar el tiempo necesario para temas personales que yo considere importantes (de cumplimiento inexcusable) y no perder el sueldo de esos días?
Este permiso es genérico, aparece en el E.T., y se refiere a permisos como ir a un juicio, ir a votar,...
Si tu convenio no dice nada de ir al médico o realizar exámenes no se considerará permiso retribuido, aunque si lo solicitas en función al artículo que haces referencia y lo aceptan,...
Respuesta
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Si el examen es para la obtención de un titulo oficial, el estatuto te da el derecho a coger el "tiempo imprescindible" y remunerado. Pero siempre has de llevar un justificante. Si es tan privado que no quieres llevar justificante, entonces no se te concede ese día. Tendrías que ercuperarlo o te lo descontarían.
Sobre el médico tienes derecho a ir, pero si no está en tu convenio un número de horas remuneradas, también deberás recuperarlo. Mira en tu convenio si tienes horas pagadas para el médico. Si no sabes tu convenio, miralo en el contrato de trabajo, donde ha de poner el convenio o norma legal a la que te acoges.
Si es etrata de asuntos propios, no ha sde justificar nada, siempre y cuando tu convenio tenga también un número de horas anuales para asuntos propios.
Muchas gracias.
Aprovecho para hacerte otra pregunta:
Si decido marcharme de la empresa, ¿tendría derecho a cobrar el finiquito (tengo contrato de duración determinada) por 8 días de salario por año trabajado + la parte de vacaciones?
El finiquito siempre tiuenes derecho, pero los 8 días pro año son indemnizaciones por final decontrato pro lo que si te vas a decisión tuya, cobraras todo menos la indemnización.
La parte de pagas extra y vacaciones si que la cobrarías en el finiquito.
Finaliza la respuesta si no hay más dudas.
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La falta al trabajo por un día completo es motivo de despido. Por ello, si vas al medico o a hacerte algún examen medico, sin lugar a dudas, primero tienes que comunicarlo, y luego presentar un justificante, que en algunas empresas, te obligan a poner horario de comienzo y de finalización del mismo.
También puedes pedirlo por asuntos propios.
Si justificas, no pueden descontarte nada.

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