Excedencia en suspensión de pagos

Buenos días, voy a pedir una excedencia voluntaria por un periodo de dos años, la empresa ha presentado el concurso libre de acreedores (suspensión de pagos), con un proyecto de viabilidad, supeditado a una venta, en el caso de que no se produzca esta venta, ¿tendría derecho a indemdización?, ¿Cómo he de proceder para percibirla en el caso de que me corresponda?, ¿Cuáles serían los pasos?. Gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1
Al estar en excedencia tienes tu contrato suspensión, es decir que no trabajas y no cobras ni cotizas; pero sigues siendo empleado por lo que te tienen que pagar la indemnización que te corresponda si te echan o finalizan el contrato o te meten en un ERE o lo que sea. Si no lo hacen demandas en el juzgado de lo social. En mi web tienes explicado cómo se hace lo del abogado.
Perfecto, es lo que tenía entendido, pero quería asegurarme por entendidos de verdad y no por "entendiilllos de la materia". Respuesta muy clara. Gracias.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas