Ayuda sobre embargos

Debido a deudas contraídas (tarjetas de crédito, préstamos personales, préstamos personales como avalista con mi nómina) que actualmente y debido a una reducción de ingresos ya hace 8 meses que no puede pagar:
¿Mi nómina es de 1050? ¿Es decir me pueden embargar sobre unos 150? Si no me equivoco.
El tema es claro pago 450 de alquiler, 170 de coche, y 260 en crédito + 100 en gasolina + 100 en comida, es decir, no me da para más.
No tengo propiedades, ni bienes, el coche tiene reserva de dominio por parte de la financiera pues faltan muchos años por acabarlo de pagar.
Soy heredero junto a un hermano y mi madre de una vivienda (que por cierto tiene una hipoteca inversa como ayuda a la madre)
Mi pregunta es: pueden mis acreedores embargarme mi proporción de dicha herencia futura, según lo expuesto y si fuera así que debería hacer para que no pudiesen, ¿delegar mi parte a mi hermano por ejemplo?
Aparte de embargarme la nómina, ¿pueden tomar mis acreedores otros tipos de acciones?
Es posible declararme insolvente ante un juez, que proceso conlleva y que ventajas y desventajas tiene.

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El contenido general de tu pregunta no es de derecho laboral. Debes acudir a un experto en temas civiles y penales.
En cuanto al embargo de tu nomina, eso lo hace Hacienda o Seguridad Social, y ellos tienen la sartén por el mango.

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