¿Despido improcedente?

Buenas tardes, soy una trabajadora que está acogida al convenio de Centros de asistencia y educación infantil. Empecé el día 02-11-2007 con un contrato indefinido (Modelo 150) (Fomento contratación indefinida Disposición Adicional 1ª de la Ley 12/2001), y con un salario de 663/? Mes más las pagas extras prorrateadas mes a mes. El día 05 de este mes de noviembre, me entregaron la carta de despido, poniendo como causa la baja de numerosos alumnos(cosa que no es cierta, y han contratado a otra persona en mi lugar ya), y que tengo que dejar de prestar mis servicios el día 20 de este mismo mes. Las nóminas que me han estado pagando hasta la fecha no llevaban la subida del convenio (4,21 %), que contaba desde enero de este año 2008.
Mis dudas son las siguientes: ¿Es un despido improcedente? ¿Me corresponden 33 días de indemnización por año trabajado?. ¿La indemnización se calcula sobre la última nómina? ¿Y los atrasos?, ¿Me tienen que abonar desde principio de año?.
Muchas gracias.

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1- Es un despido improcedente y te corresponden 45 días por año trabajado y los salarios de tramitación (los que dejes de cobrar entre el despido y la sentencia) ya que la empresa no reconoce este despido como improcedente, sino que pretenden colarlo como procedente, del cual obviamente no es causa la baja de los alumnos. El precio de cada día se calcula dividiendo la base reguladora de una nómina correcta (las tuyas no lo son) por 30.
2- Aparte de esto te deben los atrasos de todo este año, lo cual lo puedes meter en la misma demanda, para que así se actualicen las nóminas y se calcule bien la indemnización. Si repasas tu convenio puede que encuentres que te deben otros conceptos obligatorios. Cualquier cosa que te deban de los últimos 12 meses la puedes meter en la demanda.
Tienes 20 días hábiles para demandar desde que te despidan.
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