Derecho a recibir prestación

Buenas tardes.
Actualmente estoy en excedencia por cuidado de un hijo menor de 3 años, me quedan 3 meses para terminar pero me han ofrecido un trabajo mucho más cerca de mi casa, con mejor horario y estoy pensando en cambiarme.
Llevo 8 años fija más los 3 de excedencia.
Mi duda es que si al darme de baja voluntaria en mi actual trabajo y empezar en el nuevo, hubiera algún problema y no pasara del periodo de prueba o al mes, dos meses por algún motivo me despidieran,¿tendría derecho a cobrar el paro?.
Tengo entendido que el computo lo hacen con los últimos 6 meses trabajados y como son de excedencia, contarían el tiempo del nuevo trabajo y de mi anterior trabajo, pero quisiera asegurarme antes de tomar una decisión, no quisiera perder un empleo estando las cosas como están.
Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Si tras la excedencia das tu baja voluntaria de tu actual empresa, deberás trabajar en un nuevo empleo un mínimo de 3 meses para tener derecho a la prestación de desempleo según la LGSS. Para el calculo de la prestación se tomaría los últimos 180 días cotizados entre las dos empresas, si el nuevo contrato es superior a 6 meses se tomarían los últimos 6 meses del nuevo empleo para el calculo.
No olvides finalizar y puntuar la pregunta sino tienes más dudas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas