¿Qué tipo de relación laboral es?

Soy administrador de fincas y para la LOPD, en función de si tengo una relación contractual dentro del ámbito del derecho laboral, pues tengo unas responsabilidades u otras.
Soy profesional independiente y autónomo pero tengo un contrato de prestación de servicios con la comunidad, ¿esto implica una relación contractual dentro del ámbito laboral?

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Hay que analizar cuál es la naturaleza de tu actividad y de tus relaciones con ellos. La relación laboral tiene estas características: voluntariedad, a cambio de pago en metálico (sea fijo, por unidad de tiempo o como sea), dependencia y ajenidad. La voluntariedad está clara. El pago lo puedes probar con lo que tengas de lo siguiente: contrato mercantil, facturas que les emites, pagos que te hacen por banco. La dependencia la prueba el sometimiento a un horario (aunque no es necesario), trabajar con los medios y material de la empresa, órdenes o mensajes que tengas de la empresa. La ajenidad quiere decir que tu seas ajeno a la buena o mala marcha de la empresa. Es decir, que tu cobrarías igual tus facturas independientemente de si las ventas de lo que hacías iban bien o mal. Es decir, que tienes una cierta parte de dinero en "fijo", aunque puedes tener otra en variable. También es muy importante que sólo le emitas facturas a tu empresa, aunque si también les estás emitiendo a otros no es impedimento total.
En tu caso resulta obvio que tu relación con la comunidad no es laboral. Fundamentalmente porque no es una empresa (ellos no obtienen beneficio por el fruto de tu trabajo), porque los medios son tuyos, porque no te someten a horario, porque facturas a otras comunidades, porque estás dado de alta como autónomo...

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