Contrato en prácticas

Hola, llevo un año con un contrato en prácticas. Como ya sabrás, en este tipo de contrato te van prorrogando cada seis meses, el pasado mes de mayo firmé mi segunda prórroga. La tercera me corresponde firmarla en Noviembre. El caso es que ya no me siento a gusto en la empresa y estoy planteándome marchar. Mi duda es, si yo no firmo la tercera prórroga en Noviembre ¿tendría derecho a paro?. Mi intención no es causar baja voluntaria en la empresa, sino simplemente como en Noviembre se acaba mi contrato actual, yo decidiría no prorrogar con la empresa. Otra duda que me surge al respecto, es en el caso que de esta manera pueda cobrar prestación por desempleo y por lo tanto decida acabar en la empresa, ¿debo avisar con alguna antelación o podría dejarlos de un día para otro?
Muchas gracias de antemano

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Si no quieres renovar y la empresa si el efecto es el mismo que una baja voluntaria, constará en el certificado de empresa y no te concederán el desempleo.
Para conseguir el desempleo debe ser la empresa la que no quiera renovarte y así lo haga constar en el certificado.
Si dieras tu baja voluntaria deberás preavisar con el tiempo indicado en el convenio colectivo en función de tu categoría profesional.
Muchas gracias por tu respuesta. Simplemente una cosa más, cuando acabe este contrato en prácticas, en caso de que la empresa quiera renovarme y me ofrezca un nuevo contrato, si les hago saber que no deseo continuar, ¿en este caso tendría derecho a paro o estaríamos en el mismo punto que antes?, que siempre ha de ser la empresa la que no quiera renovarme para tener derecho al desempleo. Me interesa mucho el tema de la prestación, porque en mi situación, no puedo permitirme el lujo de quedarme sin ingresos y en caso de no encontrar otro empleo, el subsidio por desempleo es mi única opción, bueno o aguantar en esta empresa hasta que ellos me quieran echar.
Muchas gracias y un saludo
Estaríamos igual que antes, para que tendas derecho a cobrar desempleo se debe dar la situación de que tu quieras trabajar y que no encuentres trabajo, renunciando a un trabajo que te ofrecen no te concederán el desempleo.

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