Urgente. Situación laboral comprometida

Buenas tardes.
Tengo una lesión laboral en un brazo y el día 17 de julio me dieron las vacaciones. Fui a la mutua dos días antes por que me duele mucho y ademas dependo de le brazo al 100% para mi trabajo y no me dio la baja. La medico me ha mandado a fisioterapia sin estar de baja y estando de vacaciones. ¿Es esto legal? ¿Tengo derecho a que me calendario laboral este firmado y sellado por me empresa?
Para el mes de agosto he de entrar a trabajar otra vez y no me encuentro en condiciones porque a parte de dolerme el brazo me lo estoy dañando más y mi rendimiento no es el adecuado. ¿Qué puedo hacer si no me da la baja la medico de la mutua?. Ya no me fio ni de las pruebas, ni de nada que me diga la medico de la mutua, ademas esta se ha negado a darme un informe medico que la he pedido ya hace tiempo. He presentado una reclamación para que me lo de e ir después a un especialista a que me vea el brazo.
Un saludo. Muchas gracias por la atención

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Deberás acudir al médico de la mutua si se trata de una accidente de trabajo o enfermedad profesional, si fuera enfermedad común deberías acudir a tu médico de cabecera.
Si el médico de la mutua no te da la baja y crees que realmente la necesitas puedes poner una reclamación en la mutua o en la inspección médica. Por otro lado puedes conseguir la baja médica a través de tu médico de cabecera, pero si se trata de una dolencia derivada del trabajo la baja debería dártela la mutua, además sería más beneficioso para ti a nivel económico porque la prestación es superior.
Muchas gracias bergenz. Es una lesión laboral.
Otra consultilla que te quería hacer es que teniendo contrato en vigor ¿si estuviera de baja me pueden echar?. Y si me echaran ¿tengo derecho a estar de baja con la mutua hasta que cure la lesión?.
La empresa puede despedirte estando de baja laboral, pero tendrá que indemnizarte con 45 días por año trabajado.
Si te despiden estando de baja continuarás cobrando la prestación de IT hasta el alta médica, que pasarás a cobrar el desempleo.
Gracias bergenz.
El caso es que en le tema de lo de los contratos la cosa sse complica, porque entre aquí en enero con un contrato de dos meses, finalizado este me prorrogaron por 4 meses y después el mismo día me despidieron y me hicieron un nuevo contrato de 3 meses que es el que tengo ahora.
Siendo asi, ¿seguiria aplicandose lo de los 45 dias de indemnizacion que me has dicho antes o deberian pagarme lo que resta ta de contrato?
¿Y si se me acaba el contrato y sigo lesionado? ¿Tendría derecho a cobrar la baja hasta recuperarme?
Un saludo. Gracias
Si el primer contrato es correcto la antigüedad para el cálculo de la indemnización comienza desde el último contrato, si no fuera correcto desde el primero.
Si tienes derecho a desempleo continuarás cobrando la prestación de IT hasta que te recuperes, y te descontarán lo cobrado de la prestación de desempleo salvo que se tratara de una baja por contingencias profesionales, en este caso no se descuenta la cantidad del desempleo.

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