Finiquito contrato por obra y servicio

Tengo una consulta que espero puedan contestar:
Llevo casi 4 años destinado en un cliente trabajando bajo un contrato por obra y servicio (401) y ahora me acaban de notificar por escrito que el contrato finaliza y queda rescindido dentro de 15 días, por finalización de la obra de la que era objeto.
En el contrato hay una clausula que indica que la indemnización que corresponde son 8 días por año trabajado, pero mucha gente me comenta que quizá dada la antigüedad tendrían que haberme hecho indefinido y por tanto la indemnización cambia.
¿Pueden confirmarme la indemnización que me corresponde?

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Respuesta
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Son 8 días sin el contrato temporal es válido. Eso no depende de la duración, sino de la validez de la obra: que sea cierta, que hayas trabajado exclusivamente en esa obra y con la categoría que dice en el contrato, que tenga una sustantividad propia dentro de la empresa... Si no cumple esas características entonces hay fraude de ley y es despido improcedente = 45 días por año.
Busca contrato temporal en fraude de ley en el google.

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