Buenas tardes joseaf2,

Le cuento un poco la historia porque sin ponerle en antecedentes no creo que pueda orientarme. En nuestra empresa desde hace casi un año venimos teniendo problemas de pago a acreedores y proveedores. Desde hace 2 meses la situación es insostenible, estamos trabajando ( pluralizo porque somos 6 los afectados) y solamente hemos cobrado la parte proporcional a 1 semana, nuestros jefes nos dicen que están esperando una financiación, llevamos escuchando la misma retahíla casi un año. Llevan dándonos largas sobre la situación casi un mes y la verdad no sabemos quién nos puede orientar.
¿Qué debemos hacer en primer lugar?,¿Pedir una inspección de trabajo para demostrar que no hemos abandonado nuestro puesto de trabajo?,¿Llamar a la policía para que así lo constate?, ¿Ir directamente al fogasa?.
Nos han dicho que si la empresa presenta quiebra no tenemos ni derecho de ir al fogasa porque este no nos pagará nada y también nos han comentado que si la empresa no ha estado pagando los seguros sociales no tenemos derecho a desempleo, ¿es correcto? (Nuestros jefes nos dijeron que de buenas ellos nos daban el desempleo y que nosotros tendríamos que reclamar al fondo salarial la indemnización y los sueldos pendientes de pago).
Uno de nuestros jefes en la última reunión nos dijo que en el momento que el presentara el cierre de la empresa en el juzgado vendría a la empresa alguien del mismo juzgado y nos entregaría nuestros papeles, ¿es eso cierto?.
Te pido encarecidamente que me respondas con prontitud, no sabemos como debemos actuar y estamos desesperados.
Gracias por tomarte la molestia de leer este escrito.
(xxxxxx).

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Aquí pueden estar pasando dos cosas: que realmente la empresa va muy mal, especialmente si hayfalta de clientes, o bien que tus jefes quieren forzar un cierre, porque están hinchados a pelas, y por eso dejan de pagar a propósito. Lo que sea realmente lo sabrás tú mejor que yo. No creo que os hayan dado de baja en la SS porque ahora la SS lo notifica al empleado cuando esto sucede. De todas formas eso lo puedes comprobar cuando quieras en la misma SS.
Independientemente de lo que sea, pero mucho más si es un cierre forzado, podéis inciar algunas acciones:
1- Rescisión voluntaria del contrato por falta de pago. Derecho a indemnización y finiquito como si fuera un despido improcedente. Por supuesto en la misma demanda metes la reclamación de cantidad de lo que te deban.
2- Sólo la reclamación de cantidad.
3- Denuncia a inspección de trabajo, pero sólo si os han dado de baja. La inspección no entra en las deudas que tengan con vosotros ni en despidos. Sólo entra en lo que le deban a la SS.
4- Acumular información que demuestre que entra dinero. Especialmente facturas. Que no paguen no les da permiso a una quiebra o a un ERE. Sólo les da derecho que no haya ventas.
En resumen, que cerrar una empresa por la cara y largarse sin pagar no es tan fácil, ni mucho menos. Lo mejor es que acudáis a un sindicato porque el caso es grave.
Ante todo muchísimas gracias por la respuesta. No se trata de que no hayan clientes, clientes los hay y estos clientes están pagando y nosotros somos conscientes de ello, es más, tenemos datos que desde el pasado 1 de Enero hasta la fecha de hoy se ha cobrado dinero suficiente como para pagarnos lo atrasado. Ya tenemos justificantes de los cobros ingresados en caja y en banco.
En cuanto a lo de ir a un sindicato, ya lo hemos hablado pero creemos que la vía más adecuada es un abogado laboral que nos gestione todo y se haga una demanda en grupo.
Lo que no tengo tan claro es esto que me comentas: "..- Rescisión voluntaria del contrato por falta de pago. Derecho a indemnización y finiquito como si fuera un despido improcedente. Por supuesto en la misma demanda metes la reclamación de cantidad de lo que te deban..", ¿cómo se hace eso?, es decir, pido que finalice mi contrato haciendo constar la deuda pendiente, pero si hago ésto, ¿tengo derecho a desempleo?.
Sabemos que una empresa no se cierra del día a la noche, pero tampoco sabemos si ellos han hecho sus gestiones y ya han presentado suspensión de pagos o expediente de crisis.
A lo que te pregunté antes del juzgado, presentar allí los papeles y que una persona se encargaría de notificárnoslo, ¿es cierto?.
Gracias de verdad.
(xxxxxx).
En cuanto al derecho a rescisión voluntaria del contrato está en el Estatuto de los Trabajadores. Cobrarías paro. Se solicita del juez y éste lo aprueba o no, que para eso es juez.
Muchas veces no aconsejo los sindicatos, pero esta vez sí. Un abogado laboralista lo único que va a ver es que podéis cobrar mucho dinero y luego os pretenderá facturar, tranquilamente, el 30% de lo que os llevéis. Eso si ganáis.
Que hayan hecho o no sus gestiones no es problema vuestro. Aunque las hayan hecho, al final os enteraréis y si no son válidas cobraréis. Pero os aconsejo que os adelantéis y demandéis vosotros primero. No podéis evitar que cierre la empresa. Si lo hace es un trámite administrativo, que no pasa por el juzgado y por supuesto no os notifican nada. Si quiere cerrar os tiene que despedir. Pretenderá un despido objetivo o un ERE. Pero el primero lo tiene imposible si la empresa tiene ventas. Pero el ERE... ojo. Por eso os aconsejo un sindicato y sobre todo acumular pruebas.

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