Sanción en el trabajo (art 54.2)

Porque a mi novia la echaron del trabajo (Telepizza) porque le han dicho que ha bajado el rendimiento.

Vale.

Le dan una hoja que pone que en los últimos meses del presente año su rendimiento en la compañía ha evolucionado de manera inadecuada, estando el resultado de su trabajo muy por debajo de lo requerido por sus superiores. Los hechos anteriormente están tipificados como falta MUY GRAVE en el articulo 54.2 del Estatuto de trabajadores y articulo 63 del convenio colectivo. Y que la empresa ha decidido sancionarla con despido disciplinario en el día tal...

¿No creéis que se han pasado en esta carta comentando su "bajo rendimiento"? ¿Diciendo falta MUY GRAVE y todo esto?

Y también otra cosa, si ahora mi novia va a trabajar en una empresa, esa dicha empresa, ¿puede saber porque la han sancionado? Porque claro... Esta muy feo ver esta carta si vas a trabajar en otro lugar...

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Si el convenio colectivo aplicable a Telepizza marca esa infracción como muy grave si puede acarrear despido.

Pero la empresa tiene que fundamentar y probar con informe que lo que alega para el despido es verdad, sino podéis denunciar para que se declara el despido como improcedente con derecho a indemnización de 45 o 33 días por año trabajado.

Está completamente prohibido que una empresa pueda acceder a las razones por la que un trabajadores que va a contratar fue despedido de la anterior empresa en la que trabajó. Y en la vida laboral tampoco aparece.

La nueva empresa no puede saberlo, salvo claro está que sean del mismo grupo de empresas o le den el chivatazo (prohibido pero estamos donde estamos) y se lo comuniquen.

Pero ya te digo que no, es muy excepcional.

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