Pago de nomina después de baja

Después de una baja de 33 días por una contractura cervical, la empresa paga solo 40.35 euros por los 30 días, de baja, cuando realmente debía cobrar 605 euros. Aluden que por ser su primer trabajo no tiene cotizado lo suficiente para percibir el líquido de 605 euros, Colocan en la nómina todo el salario en el capítulo II deducciones. ¿Es correcto esto? ¿Puede reclamar los 605 euros a la empresa?

3 respuestas

Respuesta
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No es por ser el primer trabajo, pero si no tiene cotizados 180 días no se cobran las bajas por enfermedad común o accidente no laboral.
Pero si los tiene cotizados o bien es accidente o enfermedad profesional debe cobrar.
www.laboro.es.gd
Respuesta
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Tu al estar de baja, si es por enfermedad común, debes cobrar en torno al 60 % de la base de cotización del mes anterior a la baja desde el día 3 al 202 y luego del 21 al 33 el 75%... y si el convenio estitpula un complemento del 100% del salario en caso de baja por contingencias comunes, pues deberías cobrar el 100% desde el primer día, vamos, como si no estuvieras de baja. El hecho de que te pongan todo el salario en deducciones, no responde a razón... eso no es así, lo que pasa es que quieren "recuperar" lo que gastan contigo de baja, no perder ni un duro y te lo ponen en deducciones, en concepto de anticipo o descuento o algo así... eso no es correcto. Y sí, puedes reclamar los 605 euros o lo que corresponda en su caso a la empresa
Respuesta
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La empresa está actuando correctamente, pues si un trabajador no tiene cotizados 180 días en un periodo de 5 años, no puede cobrar la prestación de IT.
¿Es lógico no? Es como cuando te jubilas, si no tienes los requisitos de cotización, no vas a cobrarla, y así con todas las prestaciones de la seguridad social.
Espero haberte ayudado, si necesitas algo más no dudes en preguntarme!

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