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excedencia

Experto:
Usuario:
Fecha: 01/03/2005
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Derecho Laboral
01/03/2005
todstern, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Trabajo en Málaga capital con convenio colectivo de comercio. Llevo un año y dos meses en la empresa. ¿puedo pedir excedencia? ¿de cuánto tiempo? ¿cuándo tengo que avisar?
01/03/2005
todstern, experto respondiendo en Derecho Laboral
Experto
Querido amigo:

Sí puedes pedir una excedencia. El plazo de duración tiene que ser como mínimo dos año y como máximo cinco años.

Si la excedencia no responde a enfermedad de un familiar o paternidad/maternidad, no tienes derecho a la reserva de tu puesto de trabajo, por lo que únicamente tendrás un derecho preferente a reintegrarte en la empresa, si existe una vacante en tu puesto o categoría equivalente.

En cuanto al plazo, la Ley no dice nada, pero te aconsejo que lo hagas con dos meses de antelación.

Un saludo.
01/03/2005
todstern, usuario preguntando en Derecho Laboral
Usuario
Muchas gracias por su ayuda.
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