Reunión de firmas para ley

Tengo una duda desde hace un tiempo. ¿Es cierto que reuniendo al menos 500.000 firmas el Gobierno está obligado a presentar la ley por la que se han recogido las firmas?. Es algo que tengo la idea de haber oído alguna vez. Me gustaría que alguien me lo aclarase.

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A lo que te refieres es a la Iniciativa Popular Legislativa, que viene a ser la capacidad de los ciudadanos de presentar o incitar a debate una determinada reforma o ley en las Cortes Generales.
La Iniciativa Popular Legislativa, es un derecho amparado por la Constitución Española de 1978. Para empezar se presenta a las Cortes Generales, más concretamente al Congreso de los Diputados, que son los que hacen las leyes y no el Gobierno que es quien las ejecuta, de todos modos no están obligados "exactamente".
Según el articulo 87.3 de la Constitución Española, este derecho de los ciudadanos deberá estar regulado por una ley orgánica (que dice como se deben hacer las cosas) pero que de cualquier modo se tendrán que presentar un mínimo de 500.000 firmas. Eso sí, hay una serie de temas de los que no se pueden presentar iniciativas populares (leyes internacionales, tributarias, entre otros).
La ley que regula esto es la "Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular". Si lo buscas en Google la podrás encontrar y echarle un vistazo, de todos modos te hago una pasada rápida.
1- Para empezar, se deberá crear una Comisión Promotora de la Iniciativa, que básicamente son los sujetos organizados que van a llevar a cabo la iniciativa.
2- Esta comisión deberá presentar la propuesta (firmas todavía no) a la Mesa del Congreso, y esta deberá decidir si se acepta o no. En el caso de que no acepten y la Comisión Promotora crea que no hayan motivos reales, puede ampararse en el Tribunal Constitucional que decidirá por ultima instancia.
3- Si se acepta la propuesta, la Comisión Promotora podrá iniciar la recogida de firmas, bajo la supervisión y las condiciones de la Junta Electoral Central, que le dirán como hacerlo.
4- Cuando la Comisión llegue a las 500.000 o hasta el numero que ella crea oportuno (por aquello de decir ¡Hemos recogido 100.000 más de las que nos hacían falta!), se seguirá un extenso proceso de comprobación de la veracidad de las firmas.
5- Una vez todo comprobado, la Mesa del Congreso tendrá de tiempo hasta 6 meses para incluir el debate de la propuesta en el orden del día de uno de los Plenos del Congreso de los Diputados.
Básicamente así es como funciona. Si tienes más dudas estoy a tu disposición.

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