Dudas sobre herencia

Buenas tardes,

Mi tía ha fallecido hace poco tiempo. Mi tío carnal (su marido) aún vive. No han tenido hijos. Tampoco viven los padres de ninguno de los dos. Tenían hecho un testamento del uno para el otro y mi tío se ha convertido en el heredero universal de mi tía. A su vez, mi tío ha decidido (a través de testamento) nombrarnos herederos a partes iguales a mis hermanos y a mi. La casa en la que vivían mis tíos solo está a nombre de mi tía.

Me surgen varias dudas:

1) ¿La familia de mi tía podría tener derecho a algo?

2) Para evitar problemas a la hora de heredar la casa ¿Es necesario escriturar la casa a nombre de mi tío o al ser heredero universal de ella no hace falta?

3) Con el nuevo testamento que ha hecho mi tío a favor de mis hermanos y mío, ¿el resto de nuestra familia (hermanos de mi tío u otros sobrinos) podrían tener derecho a algo?

Gracias por anticipado.

Un saludo.

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1

Las herencias son un derecho pero no son una obligación.

Por tanto se pueden aceptar o se pueden rechazar.

Y tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario.

Comprenderá pues, que si no se va al notario a aceptar una herencia, no se es dueño de nada. Por muy heredero que seas en testamento.

En este caso, su tío es el heredero (con derecho a heredar si quiere heredar).

Si no acepta la herencia, cuando fallezca, quedará el piso a nombre de su tía y con un pregendido heredero q

Perdón, se me cortó.

Con un pretendido heredero que no ha aceptado la herencia, por lo que los herederos serán los hermanos y sobrinos de su tía.

Porque su tío solo puede dejar en herencia sus propiedades y mientras no acepte la herencia, no es propietario de nada.

Así pues, su tío debe aceptar la herencia y llevar la escritura al registro de la propiedad para que el piso sea suyo y puede dejarlo en herencia.

Hecho esto, Puede dejar su herencia por testamento a quien guste y repartido como el quiera.

Porque no tiene de los llamados "herederos forzosos", que son descendientes, ascendientes y cónyuge.

Por tanto, al ser libre su derecho a testar, puede dejarle el piso a un sobrino, a dos, a tres,... a un amigo, a una ONG, a Pepe el del bar de la esquina... a cualquiera y el resto de familia no tendrá ningún derecho a reclamar.

Así pues, primero que se haga dueño y cuando fallezca, ustedes heredarán sin que nadie pueda reclamar nada.

Creo que está claro, pero si le queda una duda, me lo dice ¿vale ¿.

Un saludo y si no va a añadir más, le ruego me FINALICE LA PREGUNTA para que se me quede libre.

Hasta otra.

Ante todo, lo primero, gracias por su respuesta.

Quería, si es tan amable, que me hiciese una pequeña aclaración:

Me ha quedado claro que me tío debe aceptar la herencia de mi tía para hacerse dueño de ese piso y que nosotros podamos heredarlo.

Entiendo que si la vivienda solo hubiese estado a nombre de mi tío, en ese caso, no debería haber hecho nada, puesto que ya sería suya, ¿verdad?

Y respecto al dinero que tienen en el banco y que estaba a nombre de los dos a partes iguales, ¿que sucede? ¿también debe aceptar su mitad? Aunque supongo que ahí no debe hacer ninguna escritura, ¿verdad?

Gracias por anticipado.

Por supuesto: Si el piso hubiera estado a nombre solo de su tío, no habría que hacer nada.

Pensaba que había quedado claro.

Uno solo puede dejar en herencia lo suyo.

Si el piso está a su nombre, es suyo, y puede dejarlo en herencia.

Si el piso está a nombre de otra persona (su tía). Ha de aceptar la herencia. Porque a nadie se le puede imponer el aceptar una herencia.

Si la acepta, la herencia pasará a ser suya y podrá disponer de ella en testamento.

Tiene que hacerlo ante notario.

Respecto al dinero, lo mismo.

Las herencias son un total.

No se puede aceptar parte de una herencia y la otra parte no, o rechazarla.

Y además, se acepta todo en bloque: Derechos y obligaciones.

Imagine un piso con hipoteca.

No se puede aceptar el piso y no aceptar la hipoteca pendiente.

Si se acepta la herencia del piso, se acepta el pagar el resto de la hipoteca.

El dinero pues lo mismo.

Además, tenga en cuenta que las herencias de una persona normalmente no es solo un piso.

Hay muebles, electrodomésticos, un anillo, una cadenita con una medalla de oro, relojes que pueden ser valiosos... un coche, un saldo en cuenta bancaria, planes de pensiones, cartera de acciones, imposiciones a plazo... seguros...

En fin, que hay que aceptarlo todo de golpe.

Es verdad que al aceptar la herencia del piso, normalmente no se detalla ropa, muebles, ... etc.

Y que hay objetos o cosas que tampoco se detallan, pero saldos en bancos hay que ponerlos en la escritura de aceptación.

El banco se negará a entregar el dinero si no se le presenta la escritura de aceptación.

Es lo mismo que si hay para heredar dos pisos.

Si aceptas uno, esa escritura se lleva al registro de la propiedad e inscriben el piso a su nombre.

Si no hay escritura del otro piso, nunca se será propietario de él.

Bueno.

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