¿Si alguien me declara su heredero universal todos sus bienes pasarían a ser míos?

Quizás al formular la pregunta no me expliqué bien. Me explico ahora. Una persona, amigo mio y que, por supuesto, no tiene vínculos sanguíneos conmigo, testó a mi favor, declarándome su heredero universal. Esta persona tiene un hermano y este tiene un hijo, que sería sobrino de mi amigo. He oído que también tiene un primo hermano. Quiero hacer tres preguntas.

-Si estos parientes tienen derecho a alguna parte de los bienes de mi amigo.

-Si yo heredaría la totalidad del dinero que mi amigo tuviera en el Banco.

-Si yo tengo que pagar el piso que me deja en su testamento

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En las herencias, la ley reserva una parte que es la legítima y que obligatoriamente ha de quedar para:

1- Los descendientes.

2- Los ascendientes.

3- El cónyuge sobreviviente.

Si no hay de los mencionados, la herencia es de libre disposición y puede dejársela a un amigo, a un vecino, a una ONG... a quien quiera, y ni hermanos ni primos, ni tíos... nadie puede reclamar nada.

Segunda pregunta: Si como dice le deja como heredero universal, usted hereda todo. Absolutamente todo. Saldos, pisos, fincas, seguros, planes de pensiones... todo.

Tercera pregunta: Las herencias son un total. Es decir, que se heredan los derechos y las obligaciones.

Por tanto, si acepta un piso y este debe una hipoteca, es usted el que debe pagarla.

Por supuesto, que también tendrá que pagar gastos notariales y de aceptación de herencia.

NOTA: Las herencias se pueden aceptar, pero también rechazar.

Llegado el día, usted valora y si no le interesa, pues las deudas son superiores a la valoración de lo que se va a recibir, usted puede rechazar la herencia y entonces si que pasaría a hermanos del fallecido.

Hasta otra.

Si, quiero que me aclarar algo. Cuando me refería al piso, hablo de un piso que está pagado, no es un piso hipotecado, no hay deudas por este inmueble. Quiero que me aclares si lo tengo que pagar como nuevo o si seria solo un porciento de su valor.

Lo que se pagará es el impuesto de sucesiones en hacienda y el impuesto de plus valía en el ayuntamiento.

Los impuestos los tiene delegados hacienda en las comunidades autónomas y cada una va por libre.

Unas han anulado estos impuestos, otras los tienen altamente bonificados. Otras cobran más otras menos... lo que tiene que hacer es preguntar en la oficina liquidadora de su comunidad autónoma y sin compromiso le informarán.

Lleve un recibo del IBI, en el que viene la referencia catastral y el valor catastral.

El impuesto se paga sobre ese importe, que es sensiblemente menor al valor de mercado, pero ya digo que cada comunidad aplica baremos diferentes. Yo no los conozco.

El impuesto de plusvalía es mucho menor, y depende del valor catastral y de los años que haga que se pagó por última vez.

Eso se lo informarán en el ayuntamiento.

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