¿Es necesaria la declaración de herederos si el testamento es claro?

Recientemente ha fallecido mi padre y tengo un mar de dudas. Tenía testamento y le sobrevive mi madre. En el testamento se especifica claramente que ella tiene el usufructo mientras viva, mi hermano y yo herederos a partes iguales. Un testamento genérico por lo que nos dijeron en la notaría el día que fuimos. Ahora, sólo quiero tener muy claro lo pasos a dar para que todo quede bien. ¿Todo queda como declaró mi padre en su testamento pero legalmente tenemos que hacer gestiones? Es necesaria la declaración de herederos si el testamento es claro, repartición, ¿impuestos... Si el legado de mi padre es su vivienda habitual y in pocos euros en su cuenta donde mi madre era cotitular? Por otro lado, si mi padre tenía alguna deuda no reclamada, es lo que sabe mi madre, ¿al hacer la declaración de heredero puede saltar la liebre?

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Vamos por partes.

Lo primero es que la declaración de herederos solo se hace si no hay testamento.

Se trata de unas gestiones para determinar quienes tienen derecho a heredar.

En este caso como hay testamento, no se hace.

Segundo, que el testamento es correcto.

Tercero que dice que el piso era de su padre.

¿Fue comprado antes de casarse, o lo heredó, o estaban casados en separación de bienes? En estos casos, puede ser que solo sea de su padre, pero si estaban casados en gananciales y lo compraron estando casados, la mitad del piso es del marido y la mitad de la esposa.

En este caso, ustedes heredan solo la mitad de su padre.

Cuando un día su madre fallezca, será cuando heredarán la mitad de ella.

Ahora con certificado de defunción y certificado de últimas voluntades (en ministerio de justicia de su ciudad), en el que diga cual es el testamento válido (porque puede haber hecho varios a lo largo de su vida), más el testamento que diga el certificado, solo tienen que ir al notario a firmar el llamado cuaderno particional que es la escritura de aceptación de la herencia.

Lleven por supuesto, certificado bancario con el saldo al día del fallecimiento y datos del piso (por ejemplo, recibo del IBI).

¿Deudas? Por supuesto, al aceptar la herencia (que también la ley les permite rechazar), se aceptan derechos y obligaciones.

Pero esas obligaciones han de estar legalmente documentadas.

Por ejemplo, que el piso tenga una hipoteca. Entonces, los herederos aceptan el piso y también aceptan el pago de la hipoteca.

¿Saltar la liebre? Pues no se bien qué decirles. Porque no se nada de su padre.

Si tenía una tienda y debía género a proveedores... o tenía empleados y les debía nóminas, o debía a la seguridad social... o si había comprado un coche a crédito... o si tenía una tarjeta de crédito y debía dinero... yo que se.

Pero para que les reclamen ha de estar documentada.

Respecto al saldo de la cuenta, la mitad es de su madre y la otra mitad de su padre, por lo que heredan solo la mitad.

Bueno, yo creo que no me dejo nada, pero si quiere puntualizar algo, me lo dice.

Y si no va a añadir más, le ruego finalice la pregunta.

Perfecto, muy aclaratoria su indicación.

Sólo una pregunta más, los impuestos se paga en el mismo momento que vamos al notario?. Nosotros consideramos que, sí ciertamente era en gananciales, lo que pertenecía antes a mi padre, aunque la ley diga que es nuestro, de mi hermano o mío, realmente es de mi madre hasta que fallezca, tanto la parte de la casa como la parte de los ahorros, si no realizamos nada sobre el testamento, en un futuro tendremos problemas o no podremos reclamarlo, si pasa mucho ticaerá sobre una cuenta cuyo titulares son nuestros padres, tendremos problemas para sacar ese dinero de las obligaciones amortizadas al "caer" sobre esta cuenta donde un titular ya ha fallecido? Como autorizados tenemos que sacar el dinero justo el mismo día que son amortizas? Serán amortizadas a primeros y mediados de junio, merece la pena acudir al notario por el testamento antes o después de su amortización, lo digo por los impuestos.</span>

Los notarios no son recaudadores de hacienda. Al notario solo han de pagarle la escritura que va a hacer que se llama cuaderno particional.

Con ella, es con lo que han de ir a la oficina recaudadora de su comunidad autónoma, ya que hacienda tiene delegado el cobro de estos impuestos en las comunidades.

Ustedes (los hermanos) pasan a ser propietarios de la parte que su padre les asigna.

Pero son "nudos propietarios", ya que existe el usufructo a favor de su madre.

Con el cuaderno particional van al registro de la propiedad y se inscribirá quienes son los nuevos propietarios y en que tanto por ciento lo es cada uno.

Y ya son propietarios. No su madre. Su madre es usufructuaria.

Usufructuario quiere decir que tiene el derecho a "goce y disfrute" de por vida, pero no es propietaria. O sea, que aunque quisiera vender, no puede hacerlo, pues no es propietaria.

Puede alquilar el piso y quedarse con el alquiler, o puede poner el dinero en imposición a plazo fijo y quedarse los intereses, pero no es propietaria y por ley ha de mantener lo recibido en usufructo en el mismo estado en el que lo recibió.

Respecto al tiempo, pueden reclamar su herencia hasta pasados 25 años. O sea, que tiempo tienen.

Lo único malo es que hacienda quiere cobrar los impuestos de sucesiones (lo que tengan que pagar, poco, nada o mucho). Y si detecta que no pagan les ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora. Y luego una multa por defraudación, así que mi consejo es que tras el notario, vayan a pagar los impuestos.

Que si no disponen de fondos, llevan la liquidación al banco, este ingresa en la cuenta de la oficina recaudadora y luego reparte lo sobrante.

Además, los bancos pueden negarse (Lo dice la Ley) a liquidar las cuentas y a hacerles propietarios del dinero si no han pagado los impuestos.

Respecto a lo de sacar el dinero de esa cuenta a nombre de su padre, no van a tener problemas. Presentando los papeles que le he dicho, el banco reparte sin problemas.

Por lo demás, verá que en su pregunta hay muchas cosas raras. No se si es que han hecho lo de "copiar y pegar".

Pero en síntesis creo que he contestado a todas sus dudas.

Pues un saludo y por favor, no olvide finalizar la pregunta.

Hasta otra.

Gracias. Me ha sido de gran ayuda. Las cosas extrañas han salido solas al crear el texto, comprobé que, por sí mismo, se iba sombreando en verde a partir de unos renglones hasta el final, no se porqué. Un saludo.

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