¿Tengo derecho a impugnar el testamento?

Mi padre falleció hace varios años, en su testamento dice que la división de los bienes sería a partes iguales, mi madre hace otro testamento, una mes antes de fallecer, en el que dice que a mí solo me deja la legítima estricta de dos viviendas, dándome la parte que me corresponda en metálico y expresando su deseo en el testamento de no llegar a los juzgados. Somos varios hermanos, la parte que me corresponde de las viviendas, que mis hermanos la han tasado según el valor catastral, es de muy bajo valor. ¿Qué pasa con la parte de mi padre?, ¿Mi madre puede decidir libremente sobre esta?, si no estoy conforme, ¿puedo impugnarlo para que la vivienda salga a subasta y se venda por su verdadero valor y no por el valor catastral?, las viviendas están Andalucía.

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Por lo que explica ese testamento no incurre en ninguna causa de impugnación que vienen estipuladas en el Código civil.

Lo que cuentas es en relación a la legítima que no es impugnar un testamento.

Para contestarte a eso, habría que saber si tú aceptaste el testamento de tu padre, su herencia, porque el problema no viene de ahora... sino de antes.

Cuando tu padre falleció se abrió el testamento y si nombraba herederos por partes iguales aceptaríais supuestamente la herencia. ¿Qué pasó en ese momento?

Posteriormente su madre, redacta testamento y te deja la estricta legítima, ningún problema al respecto, es totalmente legítimo

Gracias por su rápida respuesta, disculpe por no haberlo detallado mejor. Al morir mi padre pedí una copia del testamento, del cuál cito: "lega a su cónyuge, mi madre, el usufructo universal y vitalicio de su herencia", , ahora con la muerte de mi madre, en su testamento indica que solo me corresponde la legítima estricta en metálico, ¿es eso lo que me corresponde?, ¿o me corresponde la parte de mi padre también?.

Gracias y disculpe las molestias.

Ahora...

En el momento en que tu padre pasó los bienes a tu madre, ésta pasó de tener 1 a tener 2, por hacerlo claro. Ahora en su testamento te deja la legítima, pero la legítima es sobre 2 y no sobre 1, porque al 1 se le añadió el 2 de tu padre. Por lo tanto es correcto.

ok, solo una pregunta más y la finalizo, entonces, ¿una vez que muere mi padre todo pasa a ser de mi madre, aun si su voluntad fuese de dejarlo todo a partes iguales, pero que no pudimos coger por la cláusula de dejar a mi madre el usufructo?

Gracias nuevamente

pues no, no estaba claro..

Si tu padre dejó el usufructo a tu madre, quiere decir que tú eres nudo propietario.

Entonces, al morir tu madre, pasas a ser propietario en la parte que te corresponde del padre, eso se hace directamente...

Tu madre de su parte, sólo te deja la legítima, que te la abona por voluntad (los herederos en dinero) pero se refiere a la legítima de su herencia, y no a lo de tu padre que automáticamente pasará a ser tuyo.

Ponemos el ejemplo sabiendo que son dos pisos.

1) Tus padres son propietarios al 50% de dos pisos.

2) Tu padre fallece y deja el usufructo de su 50% a tu madre, y a vosotros os instituye herederos a partes iguales, con lo cual de ese 50% sois nudos propietarios

3) Tu madre fallece y el usufructo con ella.

4) El 50% de vuestro padre os corresponde a partes iguales, sin que se tenga que hacer nada más. El notario ya hará ese cambio.

5) Del 50% que ya pertenecía a tu madre hay un testamento en el que te deja la legítima, pero de ese 50 % de los dos pisos.

6) Por tanto tú tienes la parte que corresponde de tu padre (el notario lo hará constar) y la legítima del 50% de tu madre.

¿Cómo contabilizarán eso? A valor de mercado, pero de la legítima de tu madre... de lo de tu padre seguirás estando en las escrituras, salvo que hagas una donación, o una compraventa.

pues a eso iba encaminada mi idea, gracias. Pero, si no es mucha molestia, ¿me podría decir si se podría impugnar?, es como comenté, en el testamento de mi madre pone que me pertenece una cantidad en metálico de las dos casas, esa cantidad es la legítima estricta del valor catastral de ambas viviendas. Lo que usted comentaba es que me pertenece la legítima de la mitad de las dos casas y mi parte, lo de mi padre, a partes iguales, entonces entiendo que está al el testamento, ¿verdad?

Muchas gracias por sus respuestas.

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