Herencia + Problemas de familia

Veamos si algún experto puede aconsejarme en cómo proceder antes un problema que se nos presenta a mi hermano y a mi. Ocurre lo siguiente: mi abuela, fallecida el pasado mes de Junio, tiene 3 hijos. Uno de ellos es mi madre, también fallecida recientemente. Hace unos 13 años hubo problemas familiares que motivaron un enfriamiento en las relaciones de mi madre con sus hermanos y con mi abuela. También nos enteramos que mi abuela firmó un poder notarial a mi tío, y que varias fincas (no todas) fueron vendidas usando dicho poder. La pregunta es: ¿Puedo reclamar la parte que le correspondía a mi madre de esas fincas? No tengo claro que "poderes" otorga un poder notarial.

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En principio no podéis reclamar nada. Ningún notario procedería a firmar una venta a través de poder notarial si en el mismo no se especificara explícitamente que a través de ese poder se confiere derecho tan amplio como sea posible para esa persona en lo referente a esas fincas.
Me explico, en un poder notarial se especifican literalmente las funciones que se confieren, por lo que si tu tío ha procedido a la venta de esas fincas a través de ese poder notarial es porque en el mismo se le otorga la potestad para hacerlo, con lo que esas ventas son perfectamente legales ya que se presupone que ningún notario, por ejemplo, me permitiría a mí vender una finca de mi madre si en el poder notarial que me ha otorgado mi madre a mí no pone que se me confieren derechos para la disponibilidad de vender su casa.
Los poderes que otorga un poder notarial se limitan en el mismo, pero pueden ser tan amplios como poder disponer de absolutamente todos los bienes del que lo otorga, al libre albedrío del que los recibe.
Lo suyo sería poder ver ese poder notarial, pero entiendo que si se ha procedido a la venta de esas fincas a través de escrituras públicas de compraventa, es porque el poder que tu tío presentó lo permitía. Si no hubiera sido así ningún notario hubiera accedido a otorgar la escritura pública ya que no sólo se debe llevar a la firma el original del poder notarial, sino que en las propias escrituras de venta figurará transcrito que tu tío vende en representación de tu abuela a través de poder notarial otorgado ante tal notario a tal fecha y transcribiendo también literalmente los párrafos del mismo donde figura la potestad de poder realizar la venta de esas fincas.
Por otra parte debes tener presente que una persona puede disponer de todos sus bienes en vida como mejor le parezca, por lo que si tu abuela decidió vender esas fincas nada podéis hacer.
Concentraros en la herencia de aquellas que no fueron vendidas, ya que a esas sí tenéis derecho.

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