¿Cuánto tiempo tenemos los hijos para escriturar un piso desde la muerte de nuestra madre?

mi madre murió en noviembre y todavía no escrituro el piso para escriturar me han dicho que son seis meses,los seis meses desde cuando se cuentan desde que murió o desde que recibimos el documento de ultimas voluntades?

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Ustedes disponen de seis meses desde el fallecimiento, para la liquidación del impuesto de sucesiones, para lo que necesitan realizar la herencia en el notario.

En caso de no hacerlo en tiempo, pueden ser sancionados por Hacienda.

Muchas gracias po la aclaracion,tengo otra pregunta para usted:yo estoy viviendo en francia si les mando y me piden un poder notarial para escriturar el piso,este poder solo se puede usar para aceptar la herencia?y para escriturar tengo que hacer otro poder?

Lo

Lo mas aconsejable en este caso es que acuda al consulado español en Francia a hacer dicho poder, y que les comente el caso, para intentar hacer un único poder que sea valido para todas las cuestiones que deban realizarse en este caso, siempre puede ponerse en contacto con el Consulado el abogado que les este llevando el tema, para la preparación del poder, esto se suele hacer habitualmente.

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