Una vivienda esta a nombre de dos personas y la que paga en su totalidad esta como usufructo.

Pues el caso es que mi padre compro y aun paga una vivienda, en su día se marcho de casa y al comprar esta pues la puso a nombre de la mujer con la que se fue. Hoy en día no vive ni sabe nada de ella y el paga la totalidad desde el principio de la vivienda y todos sus gastos.

Ella esta puesta como propietaria y el como usufructo (creo que se llama) no lo puede echar mientras viva pero una vez muera todo para ella.

Hay alguna forma de arreglar, ¿cambiar de nombre la propiedad? Ya que supongo que el día de mañana herencia nada de nada. ¿Hay algo que hacer?

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Respuesta
1

Usted dice "ella está puesta como propietaria" ¿dónde está puesta así?

perdón por la tardanza mía y gracias por la rápida respuesta tuya.
Bien intento de resumir y explica mejor.
Mi padre compro una vivienda y parece ser que la puso a nombre de la mujer con la que estaba ( las escrituras ) y el también figura. Fui al registro de la propiedad y según me explican el esta como usufructo ( entendí ) ósea para que lo entendiese me explicaron que el figura pero como beneficiario mientras viva, el día que el muera seria la propiedad toda y exclusivamente para esa mujer.
Mi pregunta es si hay alguna posibilidad de cambiar todo esto sin el consentimiento de ella ahora que el aun vive y paga todo gasto.
Espero haberme explicado mejor, gracias por todo

¿Quién le ha dicho semejante barbaridad?.

Se lo voy a explicar para que lo entienda. Su padre puede hacer con sus bienes mientras viva lo que le parezca oportuno, sea o no reprobable moralmente que eso no tiene cabida en las leyes, salvo cuestiones muy puntuales y que no vienen al caso.

El art. 808 del Código Civil, es de decir:

"Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber
Hereditario del padre y de la madre.
Sin embargo podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
La tercera parte restante será de libre disposición".

Si usted es hijo único como deduzco por sus palabras, 2/3 de los bienes de su padre, incluida esa casa son suyos porque la ley así lo impone, le guste o no a él.

Igualmente por aplicación del párrafo tercero, 1/3 podrá legarla a quien le parezca bien, que puede ser a esa mujer o las monjas del convento de enfrente.

Esto es en el supuesto que su padre otorgara testamento porque así se lo indicaría el Notario ya que éste ha de cumplir igualmente la ley.

¿Ruego cierre y valore?

Perdona por mi ignorancia y mi torpeza, pero te detallo un poco la nota simple informativa por si es uno de esos raros casos que comentas y así descartar otra posible interpretación de mi mala explicación.

En la nota simple aparecen:

Titular

Mi padre 100,000000% del usufructo por titulo de compraventa con carácter privativo.

Titular

La señora con la que el estaba ( que no es mi madre ni estaban casados )

100.000000% de la nuda propiedad por titulo de compraventa con carácter privativo.

Tengo una hermana pero no seria problema repartir con ella lo que corresponda, la duda es si me correspondería algo de herencia de esa vivienda y si mi padre ahora en vida podría cambiar las escrituras a su nombre demostrando o de algún modo que es el único que paga todas las deudas, recibos,etc perteneciente a la vivienda.

Espero ya haber aportado todos los datos suficientes para aclarar y tener una respuesta firme y definitiva sin dudas, y así cerrar el tema y puntuarte. Y lo mas importante para mi saber que hacer ahora.

Muchísimas gracias.

No tiene porqué disculparse por nada, cada persona tiene sus habilidades.

Su padre lo que ha hecho es una venta simulada a esa señora o directamente al adquirir la vivienda la ha escriturado a nombre de ella y no podrá acreditar su legítima posesión porque precisamente su padre se ha puesto como usufructario.

Con ello lo que ha hecho es perjudicar las legítimas de sus herederos, porque según usted señala su padre se marchó de casa, pero no está separado de su madre, por consiguiente es inoficiosa la engañiza que han llevado a cabo, pero a día de hoy no podemos hacer absolutamente nada.

Solo será el día que su padre fallezca, cuando tendrán que contratar los servicios de un Abogado para que deshaga esa trampa que hicieron. Otra solución no hay a día de hoy. La inscripción registral habrá que deshacerla judicialmente.

Ruego cierre y valore

Bueno pues esta la cosa apaña. El si se separo de mi madre y esta arrepentido de poner las escrituras a nombre de esa mujer, pero bueno parece que ya no tiene arreglo.

Pues muchísimas gracias a sido muy amable y me ha ayudado mucho ya el día de mañana pues haré lo que me comentas, aun que pinta mal.

Gracias.

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