Testamentos "del uno para el otro" ¿Son vinculantes?

Mis padres han hecho testamento "del uno para el otro" dejándome a mi como heredero universal (soy hijo único). Falleció mi madre y quiero saber si ahora mi padre, que tiene el usufructo vitalicio de la herencia de mi madre, puede cambiar su propio testamento y repartir sus bienes propios sin dejarme como heredero universal

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Como no especifica lo que compone la herencia, le pongo un ejemplo, que es de lo más normal.

Pongamos por ejemplo un piso. Que era de sus padres, casados en gananciales (que es lo normal).

Pues la mitad del piso es de su madre y la otra mitad es de su padre.

La mitad de su padre, le corresponde a usted totalmente por ser heredero universal.

Únicamente habría que ver el testamento, porque eso "del uno para el otro" no existe. Es un error muy común el creer eso.

Usufructuario es derecho a goce y disfrute pero manteniendo "la cosa" dejada en usufructo.

El usufructo podría ser vitalicio (de por vida), o por un tiempo determinado en el testamento.

Pero usted es el heredero del 50% de su madre y si su padre es usufructuario ha de mantener lo dejado en usufructo tal y como lo ha recibido. Porque usted es el propietario. No él. Repito que como usufructuario solo tiene derecho al goce y disfrute. Y no puede ni vender, ni hipotecar... ni ceder, ni donar... prácticamente nada.

Ahora respecto a su padre.

Puede hacer a lo largo de su vida cuantos testamentos quiera. Siempre el nuevo testamento anula a los anteriores.

¿Puede modificarlo? Pues si. Pero dentro de la Ley.

Y la Ley establece que para los hijos se reserva la legítima, que son dos tercios de la herencia. Como usted es hijo único, esos dos tercios le corresponden íntegros. Me refiero a los dos tercios del 50% de su padre. Porque del 50% de su madre ya es usted propietario.

Bueno, es propietario si ha hecho aceptación de herencia ante notario, porque mientras no acepte la herencia usted no es propietario de nada y nada puede reclamar.

El otro tercio es el llamado "tercio de libre disposición", y se lo puede dejar a usted, pero también a un vecino, a un amigo, a una ONG... a quien quiera. Por ello se llama de libre disposición.

Bueno, creo qu

Creo que no me dejo nada, pero si tiene alguna duda me lo dice.

Gracias por la respuesta, pero quisiera ampliarla: Sucede que también hay herencia en dinero, del que mi padre también tiene el usufructo vitalicio. Si se gastase la parte de mi madre fallecida, tendría que devolverlo al acabar el usufructo (lo que es un contrasentido porque tendría que devolverlo una vez fallecido). Mis preguntas son ¿cómo puedo legalmente conseguir que sólo retire intereses y no se gaste la parte que yo heredo de mi madre? ¿Es posible, por decisión sólo mía, el abonarle el usufructo aunque él no esté de acuerdo y por tanto que ya el dinero pase a mi poder? (tiene 89 años y por lo que sé, le correspondería el 10%)

¿Han hecho la aceptación de herencia de su madre ante notario?

Todavía no, el fallecimiento ha sido reciente y quisiera tener la mayor cantidad de información posible antes de iniciar todos los trámites. El caso es que mi padre ya ha hecho movimientos bancarios quitando dinero de las cuentas para una cuenta que ha abierto sólo a su nombre, sin contar conmigo. Cuando nombraba el testamento del "uno para el otro" al inicio de la consulta, me refería a que han hecho el mismo testamento ambos, dejándose el usufructo de todo de forma vitalicia para el sobreviviente y a mi, como hijo único, de heredero universal, aunque por lo que voy observando, mi padre pueda estar cambiando de idea e ir a modificar su testamento.

Por cierto, ¿la aceptación de herencia ante notario tenemos que hacerla mi padre y yo de forma conjunta?

Gracias por su atención, un saludo.

Los testamentos son personales, así que habrán hecho uno cada uno. No puede ser en un solo testamento dos personas.

La Ley marca que debe cualquier heredero decidir si acepta o rechaza la herencia.

Se hace ante notario.

Comprenderá pues que mientras usted no acepte la herencia, no tiene derecho a nada ni es dueño de nada y por tanto, nada puede reclamar.

Pero la aceptación va con carácter retroactivo.

Para aceptar la herencia han de acudir los dos juntos al notario llevando datos (como recibos de IBI, por ejemplo) de los inmuebles, y certificados que en el banco les darán de saldos de todas las cuentas a la fecha del fallecimiento.

Es decir, que si su padre (de forma totalmente ilegal) ha sacado dinero de las cuentas y lo ha pasado a su nombre, n o va a poder escaparse.

Pero claro, hay que hacer la aceptación de herencia.

Lógicamente, con el testamento en la mano y esos certificados, el notario expondrá de forma clara (Y si no, usted le pide que concrete los derechos de cada uno, partida por partida), lo que a cada cual le corresponda.

Usufructo, es derecho a uso y disfrute, pero no es propiedad, por lo que su padre no puede gastarse el dinero de su mujer y que a usted le corresponde por herencia.

Podrá hacer imposiciones a plazo y quedarse con los intereses que el banco abone, pero el dinero debe mantenerse.

Eso el banco mismo, efectuará los asientos necesarios para que se cumpla la Ley, que será lo que el notario especifique.

Ahora viene el problema de siempre.

Al fallecer su madre, usted debería haber ido a los bancos y por esc rito notificarlo aportando certificado de defunción que la misma funeraria les ha de dar.

Los bancos inmediatamente bloquean las cuentas a la espera de la aceptación de herencia notarial.

Pero no lo ha hecho. Seguro. (Es lo normal).

De esa forma, el dinero estaría hoy donde debería estar.

¿Qué pasa si su padre ha pasado todo (repito que de forma ilegal)a nuevas cuentas abiertas a su nombre?

Pues que si no se aviene a razones, usted habrá de "tragárselo" o denunciarlo judicialmente y el juez le ordenará que devuelva el dinero que ilegalmente se ha apropiado.

Muchas personas (como usted) al verse en una situación tan delicada, hacen este tipo de preguntas.

Solo podemos decirle cual es la situación y analizarla con los datos que usted aporta, pero escoger una de las dos soluciones que le he comentado, es algo que debe usted decidir.

Y es difícil. Muy difícil tomar una determinación.

En fin, le deseo suerte y a ver si llegan a un acuerdo los dos.

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