Sobre el tercio de libre disposición

Intentaré explicarme lo mejor posible.

Mis padres han estado siempre en régimen de gananciales.

Mi padre falleció hace 7 años. En su testamento legó el tercio de libre disposición a mi madre y luego instituyó herederos a partes iguales a mi hermano y a mi. Luego entiendo que del 50% de la parte de mi padre, a mi hermano y a mi nos corresponde un 66,66% a partes iguales.

Al mismo tiempo mi padre estando en vida, heredó junto con mi tía una casa que tenían mis abuelos en el campo, y así figura inscrito en el registro de la propiedad (50% cada uno). Por circunstancias mi tía quiere vender dicha casa del campo. Mi pregunta es... ¿De la casa del campo de mis abuelos, mi madre puede reclamar su parte en virtud de ese tercio de libre disposición que le dejó mi padre en su testamento? ¿O ese tercio de libre disposición solo recae sobre la vivienda de mis padres?

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Si su padre heredó en vida de su tía, eso forma parte de la propia masa hereditaria de él y por lo tanto su madre recibe la parte que por testamento le corresponde.

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