Herencia con testamento

BUenas noches, acaba de fallecer mi padre y tenemos mil dudas, mi madre vive y tienen testamento en el cual lo del uno era para el otro, pero creemos que legalmente no es así ¿qué parte le corresponde a mi madre? Y ¿Qué parte nos corresponde a los hijos?, por otro lado, los hijos no queremos nada pero sabemos que tenemos que pagar el impuesto de sucesiones ¿qué más tramites tenemos que hacer para que sea lo más económico posible? Muchas gracias por anticipado

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En principio si uds. no tienen intención de vender o transmitir bienes no tienen porqué hacer todavía nuevas escrituras. A lo que, sin embargo, sin están obligados es a presentar la liquidación del Impuesto de sucesiones en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento de su padre. Este impuesto es diferente según Comunidades Autónomas.
Además, también dependiendo de cada municipio, hay que pagar el impuesto de plusvalía municipal.
De todos estos trámites se puede ud. informar en la web www.aherencias.es En la misma tiene una explicación de lo que significa el "testamento del uno para el otro".
ANte todo agradecer su labor, sino lo he entendido mal, tenemos que pagar el Impuesto de Sucesiones, la plusvalía si corresponde y nada más al no tener intención de venderlo, me imagino que si tendremos que ir al notario a por una copia del testamento ¿estoy en lo cierto?.
Otra duda que tengo, sino vamos a vender ni escriturar ¿por qué se debe pagar la plusvalía? Y la plusvalía ¿se paga sobre el total del inmueble o sobre la parte de la herencia?
Mil gracias de nuevo
En principio será necesario que soliciten una copia autorizada del testamento de su padre (la pueden guardar para poder usarla más adelante). Para ello necesitan obtener previamente el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad.
Además, también conviene que pidan el certificado del Registro de Seguros con cobertura de fallecimiento (a veces las personas tienen seguros asociados tarjetas u otros productos financieros y no conocen que tienen seguros de vida).
En cuanto a la plusvalía se paga a no ser que se renuncie a la herencia. Se pagaría por la parte que se hereda. Otra cosa es que el ayuntamiento se entere del fallecimiento (el plazo de prescripción es de 4 años y medio).
En la web que le indiqué se explica todo esto con detalle.
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Para poder responderle, necesito saber el ultimo domicilio que tubo su padre (la ley cambia).
Buenos días, el último domicilio de mi padre ha sido en Madrid. Un saludo y muchas gracias
Legalmente, a su madre le corresponderá 1/3 de los bienes de su padre (el tercio de libre disposición) y el usufructo de los bienes de su padre. Por la legítima, a los hijos les corresponde 2/3 de la nuda propiedad.
En Madrid, las sucesiones de padre a hijo están casi exentes, por lo que pagan muy poco y no merece la pena que piensen en métodos alternativos para declarar la sucesión. En todo caso, tenga en cuenta que los bienes de su padre (si estaba casado en gananciales) son sólo la mitad de lo que hubiera adquirido durante la vigencia del matrimonio, por lo que el impuesto de Sucesiones sólo se calculará sobre el 50% de los bienes que se herede, no sobre el 100% (ya que un 50% de los bienes gananciales ya pertenece a su madre por derecho propio, y no pagan nada ni deben tenerse en cuenta para calcular el impuesto de sucesión).
www.hyadefensa.es
BUenos días, ante todo muchas gracias, el testamento de mi padre dice que nombra a mi madre Heredera Universal usufructuaria con relevación de fianza e inventario, y heredero nudo propietarios a partes iguales.
EL problema es que en el impreso de la COm. de Madrid pone cinco opciones y no tengo muy claro cual debemos poner. Un saludo
Independientemente de lo que diga el testamento, a los hijos les corresponden 2/3 de la nuda propiedad.
Respecto al impreso, le recomiendo que solicite a la Comunidad de Madrid que le asesoren a cumplimentarlo... desgraciadamente, desde este servicio gratuito y a distancia no podemos cumplimentarle el impreso.

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