Régimen de separación de bienes

Estoy casada en régimen de separación de bienes, en la Comunidad de Madrid.
Mi marido tiene una hija de un anterior matrimonio. En el caso de separación o fallecimiento (de cualquiera de los dos), la vivienda familiar, con titularidad del 50% para cada uno, pasaría a nuestros herederos, en su caso su hija, ¿en el mio mis padres?
¿El viudo tiene derecho al usufructo de la vivienda familiar o sólo en el caso de que se estipule así en testamento?

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Respuesta
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Sí, el 50% de su marido sería para su hija y el 50% suyo para sus padres; salvo que hicieran testamento distinto.
En su caso, Ud, como viuda, tendría derecho a 1/3 del usufructo de los bienes de la herencia; aunque él, como viudo, tendría derecho a 1/2 del usufructo de la herencia (esta diferencia viene marcada por la concurrencia en la herencia con una hija). La parte heredada por el cónyuge puede cambiar si se hace testamento (aunqur con ciertos límites, establecidos por las legítimas de los hijos).
Saludos, Javier González. www.hayadefensa.es

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