Herencia

Hola, soy hijo adoptado, mis padres biológicos me dejaron en adopción en un hospital de Barcelona, quería saber si al ser hijo de sangre de mis padres biológicos tendría derecho a parte de su herencia, me refiero si yo lograse encontrarlos podría reclamar parte de su herencia por ley o no tendría derecho a nada
Gracias

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<div>En principio, conforme a la legislación catalana en la materia, la adopción supone la extinción de los vínculos jurídicos con la familia biológica y, también, la de cualquier derecho sucesorio. El artículo 443-1 de Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código civil de Cataluña, relativo a las sucesiones dice expresamente: "La adopción extingue los derechos sucesorios ab intestato entre el adoptado y sus parientes de origen, excepto en los casos regulados por los artículos 443-2 a 443-4" (estos son casos en que el adopantante adopta hijos de su consorte o de adopción entre familiares). Por tanto, salvo las expcepciones dichas, por ley no tendría derecho a reclamar nada.</div>
<div>Espero que esto le oriente.</div>
<div>Saludos cordiales.</div>

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