Obligacigaciones del notario

Tengo entendido que en el caso de que los herederos no se pongan de acuerdo para firmar en notaria, uno puede firmar el libro de reparticiones y la aceptación de su parte de la herencia, en mi caso en notaria me han dicho que tenemos que ir todos juntos.
El caso es que se terminan los 6 meses de tiempo que da hacienda para la posible liquidación.
Mi pregunta al experto es:
¿Tiene el notario la obligación de dejarme firmar a mi para poder cumplir con mis obligaciones o tengo que seguir algún otro procedimiento?

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Los notarios cobran por hacer las escrituras. Es su negocio. Aparte de que velan por el cumplimiento de las leyes.
En su caso, creo que ha habido un mal entendido.
El que vayan todos los herederos a un tiempo, y firmen el cuaderno particional todos juntos, es muy conveniente y se ahorran muchos gastos.
Pero en su caso, puede usted ir y firmar su aceptación de herencia por separado.
Imagine que dos hermanos, ambos muy mayores e impedidos y que no pueden desplazarse, y que uno vive en canarias y el otro en Santurce.
¿Qué pasaría? ¿Qué perderían su derecho a heredar?. Pues no. cada cual puede aceptar su parte de herencia en un notario de su ciudad. ¿No?.
Sería injusto que las normas notariales, privaran de un derecho a un ciudadano que está recogido en el código Civil, que está muy por encima de las normas notariales.
Pero ojo. Esmérese en poner todo muy exacto.
Con certificados bancarios, los saldos al día del fallecimiento.
Con notas del registro y recibos de contribución, las referencias catastrales y valores catastrales.
Todo muy exacto, ya que cuando los otros herederos acepten su parte, no puede haber ni un céntimo de diferencia.
La Ley les permite llegar a un acuerdo previo a la firma, todos juntos del cuaderno particional y no tienen porqué estar en proindivisos, que es lo peor que les podría pasar.
Pongamos que hay dinero, una finca, un piso, un local... y tres herederos.
A lo mejor a uno le interesa el local, pues todo se valora, se queda el local, otro se queda el piso y a otro le interesa las tierras, y el dinero se reparte desigualmente, de manera que ateniéndose a las valoraciones, todos reciban lo mismo.
No tiene ni idea de los problemas, disgustos y gastos que se van a ahorrar.
Pero ¿qué no consiguen llegar a un acuerdo?... Pues ni les cuento lo mal que lo van a pasar. Posiblemente les queden años de amargura, gastos, abogados, pleitos, rompimiento total y absoluto de relaciones...
Veo miles de casos en este blog, en los que pasa eso.
Pero si no hay más remedio, pues no hay más remedio.
Acepte usted su parte de herencia y pague sus impuestos y se queda tranquilo.
Los problemas les llegarán a ellos.
Porque hacienda detecta que hay un fallecimiento.
Que hay una herencia.
Que habrá unos herederos.
Y aunque tarda, (suelen pasar 2-3 años), termina reclamando.
Pero claro, ya por entonces se han pasado los seis meses y...
Te ponen multa, te ponen un % de recargo... y te cobran los intereses de demora del tiempo que ha transcurrido. (Los mencionados dos o tres años, menos los seis meses).
Bueno, perdón por haberme extendido tanto, ya que su pregunta se contestaba con una sola línea, pero me gusta explicar bien las cosas y me dan pena estas situaciones en que no hay acuerdos, porque todos salen perdiendo y mucho. Todos: Los prudentes y los cabezones.
Un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.

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