Mi padre falleció, y ahor ha salido como heredero.

Mi consulta y duda, es referente a que mi padre falleció hace 2 años. Ahora ha fallecido una tía suya (hermana de mi abuela), y en el testamento que tenia hecho figura como heredero mi padre (solamente el). Al estar mi padre fallecido, somos mi madre, ¿mi hermano y yo los herederos?
Esta persona fallecida, tenia otros sobrinos que no sabemos paradero de ellos, ni aparecen en el testamento. ¿Les corresponde algo a ellos?
¿Quién es el heredero ahora?

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El artículo 806 del Código Civil dice que una parte de las herencias de una persona ha de ser obligatoriamente para los que la Ley llama "herederos forzosos".
Y el artículo 807 dice que los herederos forzosos son: Descendientes, ascendientes y viudos.
Si no hay ninguno de los mencionados, la herencia entera es de libre disposición.
Es decir, que el único heredero de todo es su padre, pero como ha fallecido su derecho pasa a sus herederos que son ustedes. Y cada cual tiene derecho a lo que por su padre les corresponda.
Ningún banco da información así por las buenas. Y como de todas formas han de aceptar su herencia, les indico los pasos a seguir, que son totalmente necesarios.
1º- conseguir certificado original de defunción.
2º- con ese certificado van a la secretaría del ministerio de Justicia de su ciudad y piden un "certificado de últimas voluntades", y de paso un certificado de "seguros de vida".
3º- En el de últimas voluntades, les dirá si dejó o no testamento.
Si dejó testamento, van al notario que ponga y le piden copia.
Si no hubiera dejado testamento, habrían de haber ido al notario y hacer la declaración de herederos. Como hay testamento, se lo ahorran.
Ya con el testamento, más los dos certificados, pueden ir a los bancos y están obligados a darles información. Y si no saben en qué bancos tenia cuentas, pues van a todos. Uno por uno y preguntan.
Un latazo, pero si no saben los bancos, hay que verlos todos.
Primero, piden certificados de saldos al día del fallecimiento. Y de paso piden extracto de las cuentas de al menos un año antes.
Este extracto, les dará mucha información: Si recibía intereses por tener una cuenta a plazo, si recibía dividendos por tener acciones, si pagaba un seguro de vida, si aportaba para un plan de pensiones, los recibos que pagaba de IBIs, o de luz... Agua... En fin, mucha información.
Y ya cuando tengan todo, podrán ir de nuevo al notario a firmar el cuaderno particional, que es la escritura de aceptación y reparto de herencia.
Por supuesto, y como ya les he dicho, la herencia es totalmente de libre disposición, así que ni sobrinos, ni tíos, ni primos... Nadie tiene ningún derecho. Solo ustedes,
Lean bien el testamento, los notarios siempre previenen la posibilidad de que al fallecimiento, alguno de los nombrados como herederos, como es este caso, con su padre, haya fallecido, por lo que incluyen en todos los testamentos una cláusula en la que dice "con sustitución ... ". Y seguramente dirá que ustedes son los que sustituyen a su padre en el derecho.
No veo ningún problema.
Ya con el cuaderno particional en la mano, podrán ir a los bancos a retirar el dinero y al registro de la propiedad a inscribir las posibles propiedades que tuviera a nombre de ustedes.
Las herencias son un derecho. No son una obligación.
Así que comprenderá que mientras no se acepte la herencia ante notario, no se es dueño de nada. (Les digo lo mismo con respecto a la herencia de su padre. No se si se hicieron herederos).
Por cierto, que hacienda da seis meses de plazo tras el fallecimiento de una persona para el pago de los impuestos de sucesiones.
Pasado el plazo, ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Y cada día que pasa se debe un poquito más.
Así que no se duerman.
Pues nada, creo que ya está todo (y algo más), pero si les queda alguna duda en concreto me la exponen ¿vale?
Un saludo y por favor no olvide finalizar la pregunta para que se me quede libre.
Perfectamente claro.
Ahora mi ultima duda es, la difunta murió hace unso días, pero hasta el día de hoy no nos habían comunicado nada, porque lo que esta en el tanatorio, a la espera que alguien se hag cargo de ello.
¿Qué gastos lleva aparejado todo esto, y que obligación tendríamos de correr nosotros con ellos? Es decir gastos de los días que esta en cámaras, servicio de bomberos para la entrada al domicilio tras el aviso, el funeral en si... y otros que pueda haber que desconozca.
Gracias por su inmejorable información.

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