Sobre herencia y testamento

Mi padre falleció hace un mes, y dejó hecho un testamento en el que deja su parte del piso a partes iguales entre su mujer y los hijos. No deja nada más. Tenían bienes gananciales.
Los hijos estamos de acuerdo en no reclamar nada de ese piso hasta que la madre muera, ya que es su vivienda.
Por otro lado, hemos preguntado y parece ser que modificar las escrituras para quitar al fallecido es muy caro.
¿Qué problemas puede haber si se deja todo como está (no aceptar la herencia ante notario, y no modificar las escrituras hasta la muerte de la madre)?

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Pues es retrasar las cosas, porque al final habrán de hacerlo.
Cuando su made fallezca, (que sean muchos años), heredarán su parte, pero habrán de aceptar también lo de su padre.
Como estaban en gananciales, la mitad del piso es de cada uno.
Ahora heredan el 50% de su padre y mañana ya heredarán el 50% de su madre.
No pueden evitarlo. Son dos herencias. Diferentes, y aunque esperen, seguirán siendo dos herencias.
El reparto que dice usted que deja en el testamento, no lo veo claro.
La legítima por ley les corresponde a los hijos, y la legítima, por ley, para los hijos es los dos tercios de la herencia. Un 66,66%. No un 50%. Eso es imposible. Lo marca la Ley.
Ahora deben aceptar la herencia de su padre.
Porque necesitan la escritura notarial de aceptación de herencia para pagar los impuestos de sucesiones.
Hacienda da un plazo de seis meses tras el fallecimiento de una persona, para que los herederos paguen el impuesto.
Pasado el plazo, te ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Si dejan pasar el tiempo, por ejemplo dos o tres años, y hacienda lo detecta les ponen además una multa por defraudación. Y son altitas.
Hacienda tiene muchas formas de saber que una persona ha fallecido: Deja de cobrar la pensión, o de cotizar, o de hacer la declaración de la renta... en fin, que si no lo detecta, pues esa suerte tienen, pero todo es jugar a la lotería.
Yo solo puedo aconsejarles que arreglen los papeles. Porque dejándolo no adelantan nada. Un día tendrán que hacerlo. Y lo de su madre, va aparte. No se puede juntar.
Con la escritura de aceptación de herencia, ya pueden inscribir su parte del piso a nombre de ustedes en el registro de la propiedad.
Y ya inscribirán el otro 50% cuando sea. No se van a ahorrar nada, pues siempre habrán de hacer dos aceptaciones de herencia, dos escrituras, dos inscripciones en el registro... etc.
Por otro lado, no sabe los "follones" que por aquí se plantean por dejar las cosas para más adelante.
En unos años, las situaciones familiares pueden variar. Por ejemplo con el fallecimiento de uno de los hermanos, y ya entran unos herederos más. Y ya son más a ponerse de acuerdo.
Y como haya un cuñado o una cuñada que quiera sacar los dientes" solo son problemas.
En este foro hay miles de casos complicadísimos por dejar las cosas para más adelante.
En fin, yo contesto a su pregunta, les digo lo que marca la Ley, y ustedes verán.
En eso no me meto, solo les puedo aconsejar.
Gracias por la respuesta. Supongo que al final tendremos que hacerlo ahora. La cuestión era no hacer unas segundas escrituras y después unas terceras, que son muy caras, sino hacerlo todo de una vez.

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