¿Ceder patrimonio a menores?

Os comento que un hermano mío, vive en una casa propiedad de mis abuelos, ahora fallecidos. Ahora ha llegado el momento de hacer escrituras de la misma, ya que aún quedaban cosas por pagar. Para no entrar en más detalles, solo decir que dicho hermano posee casi el 90% de la propiedad y yo y otro hermano el 10% restante.
Actualmente nuestra intención es cederle ese porcentaje a los 2 hijos de mi hermano. Pero mi hermano se ha encargado de decirnos que no podemos cedérselo a sus hijos ya que estos son menores.
No sabemos si esto es verdad o no, pero yo dudo mucho que así sea. Y mi pregunta es esa, ¿Puedo cederles mi parte a mis sobrinos menores? ¿Y Qué consecuencias habrían? ¿Mi Hermano podría obligarme a vendérselo a él?

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Pues al ser menores, su padre como tutor y responsable es el que decide.
Pero nadie les impide a ustedes hacer testamento dejando su parte a esos sobrinos.
Seguro que cuando ustedes fallezcan, ellos serán mayores de edad y podrán aceptar sin problemas su cesión.
Por otro lado, mientras ustedes sean propietarios de ese 10%, su hermano no puede disponer de la casa a su antojo. Cualquier obra, o un alquiler, y no digamos si quisiera vender, ha de ser con la firma de ustedes. Y por supuesto, que no puede ponerla en garantía de un préstamo, ni hipotecarla ni nada de nada.
Respecto a obligarle a usted a venderle a él. Imposible. Nadie puede obligar a otro a vender algo que es suyo.
Pero si que puede pedir la división de la herencia. Y una de dos, o llega a un acuerdo con ustedes, pagándoles su parte en efectivo, o debe demandarles en los juzgados para dividir la cosa común.
Procedimiento largo (unos 4 años), y que le resultará muy costoso. No le merece la pena, aparte de que el juez lo que hace es ordenar la venta en pública subasta del piso y reparte el dinero entre los herederos, según su tanto por ciento.
Osea, que no le interesa.
Pero al ser sus sobrinos menores, cualquier cosa que afecte a su patrimonio es potestad de sus padres. Pero lo dicho: Nadie puede impedirles dejárselo en herencia por testamento.
Gracias por la contestación, me ha aclarado mucho, pero tengo una pequeña duda.
Todo esto ha surgido porque hay que hacer una escritura de la casa y mi intención es no figurar en ella, sino que directamente sea de mi hermano y de mis sobrinos. Por la tanto debo cerderselo ¿No?.
Si yo se los cedo ahora, ¿mi hermano no podrá vender o alquilar la propiedad hasta que estos sean mayores de edad? ¿O cómo tutor de los menores puede hacer lo que el quiera?
Yo lo no quiero es que esa casa se venda para que llegue a ser propiedad de mis sobrinos, ya que temo que mi hermano la venderá en cuanto pueda.
¿Me aconseja cedercelo o bien hacerlo constar en mi testamento? Otra cosa es que yo tengo una hija, ¿tiene derecho a la legitima de esa propiedad si decido dejarles mi parte a mis sobrinos en el testamento?
Muchas gracias y perdón por el lio.
Si se pone a nombre de los hijos, mientras sean menores le seria muy complicado a su hermano el poder vender. Tendría que solicitarlo judicialmente y vaya usted a saber lo que decidiría un juez. Dependerá de muchos factores que no podemos analizar por aquí.
Si se lo deja en testamento, los sobrinos serán dueños solo cuando usted fallezca, y para entonces, casi seguro que ya serán mayores de edad.
Su hija es verdad que tendría derecho a la legítima. Pero no a la legítima de esa parte del piso en concreto, sino a la legítima de su herencia. De la herencia de usted. Por tanto, mientras su hija reciba su legítima (que son las dos terceras partes de lo que usted deje), todo es legal.
Osea, que su herencia son tres partes. Dos son la legítima que es de su hija, y una parte es de libre disposición. Que usted puede dejar a quien guste.
Osea, que puede dejar su parte del piso a sus sobrinos, acogiéndose al tercio de libre disposición, porque seguro que vale menos que la herencia que a su hija le dejará.

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