Apartación de herencia

Esta es mi consulta:
El año pasado mis abuelos hicieron una apartación de su casa y de las fincas a mi madre (en galicia), le transpasaron la nueva propiedad quedándose ellos con el usufructo (es su vivienda habitual). Mi madre ya liquidó el impuesto de sucesiones y donaciones, mi pregunta es, ¿deben mis abuelos declararlo en IRPF o en algún otro sitio?. Gracias
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No entiendo bien eso de "apartación". Imagino que querrá decir donación.
Y si es donación, no hay cobro en dinero. Eso sería si lo hubieran hecho como compra-venta.
Por tanto, si sus abuelos no reciben nada ¿Qué van a declarar? Ahora declara como propietaria su madre. Pero si ya ha pagado los impuestos, pues ya ha pagado. Lo que pasa es que en la declaración, se declara, pero no quiere decir que se tenga que pagar. Depende de otros factores. Incluso si su renta es muy baja, no tiene que hacer la declaración de la renta. Pero si es propietaria, tiene que declararlo. Pero insisto, no quiere decir que tenga que pagar nada.
Eso cuando el gestor les haga la declaración, ya sale lo que sea.
Ahora bien, si esas fincas dejan una renta, la renta la reciben los usufructuarios: Los abuelos. Y sí que tendrían que declarar esas rentas, pues ellos las reciben. No su madre.
Si no tiene más que añadir, le ruego fonalice la pregunta para que se me quede libre.

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