¿Puede caducar o prescribir el recibo de una herencia?

Quisiera tener información acerca de la pregunta con la cual defino el titulo de este mensaje.
El caso es que mi padre hace 16 meses, a la muerte de su madre, acordó con sus hermanos(con los cuales no tiene relación) lo que le tocaría en herencia por sus padres fallecidos y el caso es que aunque el aceptó todo sin rechistar ni exigir nada, a fecha de hoy no tiene conocimiento de nada, ni ha percibido lo que según el testamento sus padres le dejaban (que era lo mínimo).
En una ocasión el abogado le ofertó la posibilidad de firmar la herencia por menos de lo que le tocaba y mi padre no se opuso aun cuando sí les especificó que entonces cobrara antes de la firma.
Nunca más volvió a tener noticias.
Poniéndose en contacto hace unos meses con el abogado del hermano, este le dice que los papeles para llevar a cabo el cobro de la herencia los habían traspapelado en hacienda, entonces mi pregunta es saber como debe de obrar el o si acaso pueda caducar o prescribir dicho acuerdo realizado con su hermano. Los bienes de los padres habían quedado exclusivamente a un hermano ante la negativa de la otra hermana a recibir nada(son tres hermanos) . Mi padre estaba dispuesto y está a recibir lo que le toque. ¿Qué debe hacer?

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De entrada, lo que dice que dijo el abogado... mentira de las gordas.
Un testamento, un reparto de herencia o un acuerdo entre herederos, no tiene que pasar por hacienda bajo ningún concepto.
Una vez que hayan aceptado la herencia, entonces si. Para pagar los impuestos de sucesiones.
Por cierto, que la Ley da un plazo de seis meses desde el fallecimiento para el pago del impuestos. Luego vienen, recargos, multa, intereses de demora...
Por otro lado, dice que su padre "acordó" con sus hermanos el reparto al fallecer su madre. ¿Cómo lo acordó? ¿Por teléfono, ... tomando cafelito en un bar... ante notario...?
Vamos a ver. Cuando un matrimonio fallece, son dos herencias.
Porque normalmente se está casado en gananciales, luego si tienen un piso, la mitad es de cada uno, y si hay saldo en un banco, pues lo mismo.
Así que su padre y sus hermanos, han de aceptar ante notario las herencias de su padre y de su madre. Son dos aceptaciones de herencias.
Como veo que están bastante despistados en este tema, yo le aconsejaría que pusieran el tema en manos de un abogado.
Hablen con varios, pídanles presupuesto, y que les lleve el tema el que les parezca mejor.
No me extiendo más, porque no se las ganas que ustedes tienen de "pelear" ni si han visto testamentos, ni si los padres dejaron (los dos) testamentos, si si han pedido el certificado de últimas voluntades, si la herencia es considerable o no, si había dinero en el banco o no... en definitiva, si van a luchar por lo suyo, o les da lo mismo o incluso renunciar a la herencia.
Porque las herencias se pueden aceptar pero también se pueden rechazar.
Pero ya ustedes verán. El caso es que tomen una decisión, cojan aire, saquen pecho, y tiren para adelante.
Por otra parte... esa hermana que no quiere nada... pues lo dicho, que las herencias se aceptan o se rechazan... pero ante notario ¿valñe? Que no es cosa de una conversación telefónica.
Bueno, ustedes deciden.
Si no van a añadir nada más, le ruego finalice la pregunta para que se le quede libre.
Si quieren "tirar pa lante", pues expongan las cosas con concreción y con datos exactos.

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