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Tendrán que hacer declaración de herederos, si no existe testamento, disolución de la sociedad de gananciales y adjudicación y aceptación de herencia.
La mitad de la vivienda corresponde a su madre por disolución de gananciales y de la otra mitad el usufructo de un tercio a su madre y el resto a repartir entre los hijos.
Si hay testamento atenerse alo que disponga.
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