¿En una separación matrimonial podemos establecer nosotros la pensión o el juez?

Tengo dos hijos de 20 y 14 años. Yo actualmente estoy en paro, sin cobrar prestación ninguna. Mi marido tiene una nómina de 1.900 € el está dispuesto a pasarme 1.500 €, porque el vive en la residencia que tiene la empresa donde trabaja, por lo que tiene alojamiento y comida gratis. El me dice que confía en que si yo encuentro trabajo o rehago mi vida con otra persona, reduciríamos mi pensión. Yo la verdad, es que debido a que no tengo trabajo, tengo miedo que cuando solicitemos la separación por escrito, sea el juez el que decida la pensión, pues con menos dinero no podríamos vivir, porque pagamos 380 €/mes de hipoteca, seguros, etc... Podrían aclararme este punto por favor.

Y que pasaría con la vivienda, me han dicho que puedo permanecer aquí hasta que mi hijo tenga 18 años, ¿y después que hay que hacer? El dice que no quiere que la vendamos, pues sería para nuestros hijos.

Otra duda es que una vez que tengamos la separación matrimonial, sin llegar al divorcio, si mi marido fallece, ¿Tengo yo derecho a cobrar la pensión de viudedad?, pues llevamos casados 25 años.

Les agradecería me respondieran a todas estas dudas, pues hace tres años que él se fue con otra, y yo como tenía todas estas dudas, y el centro de la mujer de mi localidad, creo que no se me informó bien, pues me dijeron que no tenía derecho a pensión de viudedad, la cuestión es que tras cinco meses le dejé volver a casa. Ahora la relación está mal, pues en estos tres últimos años, dice que nos separamos y se marcha, la última vez dos semanas, con lo cual me hace sufrir a mi y lo peor a mis hijos, por eso quiero que hagamos oficial ya esta separación, pues él nunca quiere hacer documentos, y yo creo que es para dejar la puerta abierta siempre.

Perdón por haberme extendido demasiado y gracias de antemano por su respuesta.

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Respecto a la pensión de viudedad no le pertenecerá tras el divorcio salvo en determinados supuestos en que se haya establecido además una pensión compensatoria.

Respecto al uso de la vivienda, el juez aceptara lo que ustedes pacten en convenio. Pueden establecer el uso para usted hasta que su hijo tenga 18 años, hasta que tenga 25 o para toda la vida. Lo que quieran. Luego no puede modificarse.

Respecto a la pensión igualmente el juez va a aceptar la que ustedes pacten salvo que sea perjudicial para los niños. Sin embargo en este caso la pensión no es de 1.500 euros y eso deben aclararlo en el convenio: hay una pensión de alimentos y además un pago de hipoteca.

En cualquier caso para plantear el divorcio de mutuo acuerde necesitarán abogado y yo le recomiendo que se asesore ya con un profesional de confianza quien podrá redactarle el convenio, resolver sus dudas e indicarle la mejor manera de dejar todo atado para no tener luego problemas.

Bueno lo que no me queda claro, es si no llegamos a firmar el divorcio, sino solamente permanecemos separados legalmente como tantas parejas, durante años, si en ese caso si tendría derecho a la pensión de viudedad. Hace años al menos, mi cuñada obtuvo la pensión de viudedad de mi hermano al fallecer, porque no habían llegado a divorciarse. Por aquí en internet también he leído casos de que sí. Este tema nos preocupa a los dos, por el tema de no tener yo trabajo actualmente.

Gracias de nuevo.

Un saludo

Ustedes pueden divorciarse o separarse legalmente. En el primer caso se extingue el vinculo matrimonial y en el segundo caso sólo la convivencia. Usted tendrá derecho a pensión de viudedad, siempre que se den determinados requisitos, entre otros que se establezca una pensión compensatoria. Es por esto que es importante que esos 1500 euros que se van a establecer como pago por cuenta de su marido, queden bien distribuidos en el convenio regulador, entre pensión de alimentos, compensatoria e hipoteca

Gracias por su información, pues me ha sido de gran ayuda para tomar mi decisión, y decidirme ya a ponerme en contacto con un abogado que me asesore más ampliamente y redacte el convenio.

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