Abandono de hogar por pasar 3 ó 4 días de la semana fuera de su casa con la hija

Espero pueda usted ayudarme en averiguar una pregunta. Mi hermana está pensando pasar 3 ó 4 días de la semana fuera de su casa con su hija, en una casa de nuestros padres (en la que no viven ahora) para llegar más fácilmente al trabajo, pero mi mamá teme que el esposo la pueda acusar de abandono de hogar y quitarle a la niña, ya que están teniendo problemas en la relación y el no está de acuerdo con que ella se quede en casa de sus suegros. Para que usted pueda contestar la pregunta le doy los siguientes datos:
Mi hermana vive en Baja California y cruza la frontera todos los días para trabajar en los E.E.U.U. (tanto ella como su esposo son hijos de mexicanos pero nacidos en los E.E.U.U. Se casaron en México como americanos.) Ellos tienen cuatro años de casados y tienen una hija de un año. Ya hace tiempo tienen problemas en el matrimonio, ya que el esposo por mucho tiempo no tuvo trabajo, y ahora que lo tiene (también cruzando la frontera), aún espera que mi hermana pague más de la mitad de todos los gastos de hogar y también cuide a la niña además de trabajar tiempo completo. Mi hermana aún no se quiere divorciar, pero ya está harta de pasar de tres a cuatro horas cruzando la frontera y de pagar tanto dinero en gasolina, etc. Mis padres le ofrecieron a ella y a su esposo que vivieran en un departamento que tienen ellos en San Diego. Sin embargo, el marido no está de acuerdo. Prefiere que mi hermana se sacrifique durmiendo menos y pagando más dinero, aunque el gana poco y casi nunca paga comida y nunca paga los gastos de su hija como pañales, seguro médico, etc. Mi hermana le dijo que le gustaría que se quedara toda la familia los días hábiles en la casa de los suegros para llegar más fácilmente al trabajo. El esposo no está de acuerdo. La pregunta es, si mi hermana decide por si misma irse algunas noches a dormir a la casa de nuestros padres (estaría sola, ya que ellos no viven ahí), ¿podría el esposo acusarla de abandono de hogar y tratar de quitarle a la niña? ¿Cómo podemos averiguar las leyes de patria potestad y abandono de hogar en Baja California? Y... Tal vez esto quede fuera de su especialización, pero... ¿contarán también las leyes de los E.E.U.U. Por ser americanos los dos?

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Nuevamente le respondo por partes:
1.- En efecto, 3 o 4 días es un absurdo, pues no hay fundamento legal. Jurídicamente, un abandono se considera bajo los supuestos que ya le mencioné, independientemente de la ley del país o Estado, pues son reglas generales.
2.- Es posible obtener un divorcio en el país de residencia. Legalmente es posible, pues lo que rige es la residencia, sólo que divorciarse allá les sería más costoso y difícil, pero sí es posible.
3.- La manera de divorciarse es con vas een el acta matrimonial Si en las capitulaciones se establece bienes separados, es eso lo que rige, independientemente de que se divorcien en otro lado, pues el régimen matrimonial se respeta en cualquier parte del mundo.
4.- El divorcio se inicia en México. Existe la posibilidad de iniciar un proceso desde allá, pero las leyes que contarían serían las del país que inicie la demanda de divorcio. Si se inicia en México, serán las mexicanas, si se inicia en Estados Unidos, serían las de allá, aunque le anticipo que e smuy caro y trabajoso, pues teniendo buenos abogados de ambos lados, ambas partes alegarían las leyes aplicables en cada país. Es lo que llamaríamos conflicto de leyes.
Un buen abogado de allá, puede conseguir una sentencia favorable, pero alguien de aquí puede solicitar la aplicación de otras reglas y beneficios para la parte afectada de México y dificultarles la existencia. Todo depende del número de pruebas dsiponibles, alegatos y habilidad de cada abogado.
5.- La última pregunta tiene respuesta más larga, pues depende de varios factores.
Seré breve para efectos prácticos:
No existen divorcios "automáticos". La separación continua y prolongada se vuelve causal de divorcio por abandonos, sin embargo, debe dejarse pasar bastante tiempo, presentar el escrito de demanda de divorcio y permitir que un buen abogado les apoye para que puedan conseguir ese divorcio, ya que se tiene por costumbre por los jueces dificultar el divorcio por causales no graves. Se necesitan causales grandes y habilidad para conseguir el divorcio por abandono, ya que el consorte puede alegar que no se le llamó para presentar sus alegatos en el divorcio.
A grandes rasgos, esas son las respuesta.
Agradezco la molestia que se tomó en saber un poco de mi. Estoy a sus órdenes si me considera de alguna utilidad.
Le respondo por partes:
1.- No procede un abandono de hogar porque
a) Se requiere de abandonar el hogar no por algunos días, sino permanentemente. b) Lo haga sin mediar una causa justificada y sin que se sepa de esa persona nunca.
c)Que pase al menos un año.
2.- El domicilio legal de ambos es Baja California, por lo que la ley aplicable es la de Baja California.
3.- No importa que nacionalidades tengan, la ley aplicable es la del lugar en donde establecen su residencia y domicilio. Es un principio universal jurídico. Si vivieran en Estados Unidos y ahí constituyeran su domicilio, entonces la ley aplicable sería la del estado de California, pero no es el caso.
4.- La nacionalidad no interviene tanto en la toma de decisiones jurídicas, sino el lugar en donde decidieron casarse y el lugar en donde decidieron residir.

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