Casado en régimen de gananciales desde sep'08.

Buenas tardes,
Soy un chico de Valencia, que en sep'08 se casó en régimen de gananciales, y por diferencias irreconciliables con mi pareja, hemos decidido divorciarnos. No tenemos descendencia. El problema viene en la partición de activos y pasivos. A continuación se relacionan los bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio y los adquiridos vigente el mismo.
ANTERIORES AL MATRIMONIO:
-Vehículo cuyo titular soy yo, si bien las letras se han pagado durante el matrimonio (los 2 últimos años, porque los 3 anteriores los había pagado yo). ¿De quién es el vehículo?
-Vivienda familiar: titularidad a medias (esto está claro)

VIGENTES EL MATRIMONIO:
-Compra de un camión.
-Compra de una bañera para el camión (avalada por mis padres).

¿Qué pasaría si nos hubiésemos casado en régimen de separación de bienes?

Muchísimas gracias de antemano. Muy amable :)

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Existen dos formas de conseguir el divorcio:
a).- Petición de mutuo acuerdo: hay que aportar un Convenio regulador para su ratificación por el Juez. Necesitáis nombrar un abogado y un procurador que os aconsejarán y representarán a ambos ante el juzgado. El trámite es barato -relativamente - y rápido ( unos tres meses)
b).- A petición de uno sólo. (Se supone que se ha intentado el acuerdo sin resultado); entonces cada uno debe nombrar su propio abogado y procurador. Ya no hay que alegar alguna causa, preservando la intimidad de la pareja. Las cosas se complican y la duración pasa ampliamente del año.
Tanto por convenio o sentencia deberán incluirse los aspectos que regulen el uso de la vivienda y la liquidación de la sociedad de gananciales.
Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que le serán atribuidos por mitad al disolverse aquélla. En régimen de separación de bienes, cada cónyuge dispone de los bienes privativos y el casarse no modifica la titularidad de los mismos, recuperándolos al finalizar el matrimonio.
Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno sólo de los cónyuges, se requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial.
Le adjunto un modelo de liquidación en el que sólo tiene que trasladar los datos de los bienes para obtener el total del patrimonio conjunto y a quien hay que adjudicarlos.
                         http://www.rupturas.es/modelos/liquidacion.htm

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