¿Tengo qué pasar pensión compensatoria a mi mujer?

Estoy empezando con los trámites para el divorcio. Hace 3 meses que tuve que irme de casa por disputas. Tenemos una hija de 17 años y una casa en común con una hipoteca a nombre de los 2. Nos casamos en Cataluña. Yo estoy trabajando y cobro 1.350 Euros/mes y ella está de baja cobrando 600 Euros/mes y pendiente de pasar tribunal médico para que le concedan la jubilación para su oficio. Le estoy pasando 200 Euros/mes provisionalmente por pensión alimenticia para mi hija y pago la mitad de la cuota de hipoteca. Actualmente estoy viviendo de alquiler y pago 400 Euros/mes. Ahora ella quiere que le pase una pensión compensatoria indefinida.
Eso es asi? ¿Tengo la obligación de pasarle una pensión compensatoria a ella?
Si así fuera, ¿qué puedo hacer para eludirla?

1 respuesta

Respuesta
1
Se puede asignar una pensión compensatoria al cónyuge que le suponga un desequilibrio económico importante, no es una prestación vitalicia y normalmente se fija el plazo, la cuantía y las actualizaciones. Para calcularla se tiene en cuenta:
Los acuerdos a que hubieren llegado los cónyuges.
La edad y estado de salud.
La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.
La dedicación pasada y futura a la familia.
La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
La pérdida eventual de un derecho de pensión.
El caudal y medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
Le adjunto unas tablas de referencia en los juzgados en función de los ingresos y numero de hijos para hacerse una idea aproximada . www.ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com
Mi recomendación es que documente que no existe tal desequilibrio ya que ella está pendiente de jubilación y le quedará su paga que es equivalente a estar trabajando y el uso de la vivienda por lo tanto considero no existe dicho desequilibrio. También podría alegar el art. 152 de C.C como causa para evitarlo:
"Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia."
Muchas gracias por su información, me ha sido de más ayuda que la que me ha dado hasta ahora mi abogada, de la cual estoy empezando a tener serias dudas de que quiera que me siga representando, yo vivo en San Pedro del Pintar (Murcia), me gustaría si es tan amable me pudiera aconsejar un abogado cualificado y astuto que me pueda defender, muchas gracias...
Podría empezar por el colegio de abogados de su localidad. Siempre hay abogados más especializados en penal, laboral, etc. Pruebe también leyendo las sentencias modelo de la página que le indico a continuación. Ahí podrá ver sentencias reales en casos muy parecidos al suyo. www.ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas