Separación con hijo sin estar casados, vivienda propia

A todos/as, acudo a este foro porque creo que los que mejor me pueden asesorar son expertos en la materia y gente que ha estado o está en mi situación, os explico mi caso:
Tengo 30 años, soy funcionario, hace unos cinco años conocí a mi actual pareja, y yo por aquel entonces ya tenía mi propia vivienda. Por motivos laborales me tuve que desplazar a la provincia en la cual tenía mi vivienda, por lo que comencé a vivir en ella, mudándose a los pocos meses mi novia, aprovechando que la habían despedido de su trabajo. Pues bien, hace exactamente dos años que tuvimos una marvillosa niña, pero la relación de pareja a su vez se ha ido deteriorando a pasos agigantados. Hemos llegado a un punto en el cual la convivencia se ha hecho insostenible, por lo que me he planteado el cesar la relación y por supuesto, la convivencia. He de matizar que desde que adquirí la vivienda hasta el día de hoy, yo y solamente yo, he corrido con el 100% de los gastos de hipoteca, letras (la vivienda está lógicamente a mi nombre exclusivamente), facturas de agua, luz, gas, comida, gasolina,..., ya que mi pareja no ha trabajado desde que vino a vivir conmigo, excepto en trabajos esporádicos ya que tampoco está muy interesada en trabajar, y no cobra paro, actualmente subsidio por desempleo (unos 450 euros) y todo esto lo mantengo con un sueldo de 1800 euros mensuales. Tardé mucho tiempo en asumir esta decisión, ya que soy muy exigente con la educación que querría para mi hija y no me imagino sin formar parte de ella, ni de su vida, pero la situación familiar no nos beneficia a ninguno. Mis preguntas son acerca de que pasaría si me separase, sin estar casados, viendo la situación en la que se encuentra mi relación, respecto a custodia, visitas, pensión alimenticia, compensatoria, uso de la vivienda, propiedad de la vivienda, y todos los demás aspectos que no puedo o no se enumerar.
De antemano desearía darles las gracias a todos aquellos/as que se interesen por mi situación y/o puedan asesorarme.

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El hecho de que ustedes no sean matrimonio condiciona y aclara determinados aspectos de sus preguntas. Intentaré explicarle someramente el caso.
El procedimiento se debería dedicar en exclusiva a los temas referentes a su hija menor.
Guarda y custodia: en dicho procedimiento se deberá decidir cual de los progenitores ejerce la misma. En principio pudiera ser que la misma fuese ejercida por la madre. Evidentemente usted puede reclamarla también. Todo será cuestión de ver si usted desearía y podría ejercerla.
Uso de la vivienda: el mismo sería otorgado a su hija menor y a aquel de los progenitores que ejerza la guarda y custodia. Esto es independiente de la propiedad. Es decir, por mucho que usted sea propietario único de dicho bien, pudiera ser que, en el caso de que ella ejerza la guarda y custodia de su hija, dicho uso le sea otorgado a ella y a su hija.
Pensión alimenticia: usted, en el caso de que no ejerza la guarda y custodia de la menor se verá en la obligación de costear parte de sus gastos mediante una pensión de alimentos para su hija con una duración hasta que tenga independencia económica.
Pensión compensatoria: dado que ustedes no son matrimonio no se vería en la obligación de pagar una pensión compensatoria a su pareja. Ahora bien, lo más lógico es que el abogado defensor de ella intente hinchar la cuantía de la pensión alimenticia para cubrir en cierto modo la cuantía de esa pensión compensatoria que no tendría derecho a recibir.
Régimen de visitas: en la sentencia de este procedimiento se deberá contemplar el régimen de visitas del progenitor no custodio para con su hija. El mismo dependerá de determinadas circunstancias tales como tiempo disponible para dedicarlo al mismo, disponibilidad del progenitor no custodio, etc. Lo más común son los fines de semana alternos, un día entre semana y las vacaciones por mitad. Pero el mismo se puede ampliar o reducir conforme a las circunstancias del progenitor.
Propiedad de la vivienda: la misma seguirá como está, es decir seguirá siendo propiedad privativa suya. Por tanto, usted deberá seguir pagando las cuotas de la hipoteca, impuestos y demás gravámentes, aunque usted no disponga del uso de la misma.
No se me ocurre que más decirle, los temas referentes a la relación entre ustedes dos no son parte de este procedimiento ya que ustedes no son matrimonio.

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