Custodia de hijos y régimen de visitas

Mi pareja se ha divorciado hace más de tres años, en su momento de común acuerdo se estableció la custodia a la madre y un régimen de visita para el padre en los días martes, viernes, sábados y domingos. También se estableció una pensión alimenticia de 400 euros, al cabo de un año la madre cambio de trabajo y no pudo seguir teniendo los niños todos los días como se había pactado desde un principio.
Durante ocho meses los niños estuvieron viviendo con el padre. Al cabo de ese tiempo la madre una vez acomodada pactaron de común acuerdo tener a los niños 15 días cada uno y una pensión alimenticia por parte del padre hacia la madre de 200 euros.
El padre en todo este tiempo ha visto en la madre un descuido importante para con los niños. Estos descuidos incluyen cosas tales como. Falta de higiene en los niños, mucho desorden y falta de higiene en la casa de la madre. Ha notado que en varias ocasiones los niños han ido solos al colegio, también han pasado horas solos en la casa y reclamos de parte del colegio a donde acuden los niños por falta de aseo en las tareas así como trabajos incompletos y mal hechos.
El padre ha estado reclamando a la madre todas estas cosas, pero en el ultimo reclamo la madre ha tenido una actitud poco afortunada y ha decidido impedirle al padre que los siga teniendo los 15 días y a cambio solo permitirle verlos un fin de semana por medio, su argumento consiste en que el padre la mortifica con los reclamos y de ahí la decisión de la madre.
Al cabo de un par de días, la madre llama al padre diciéndole que había hablado con su abogado y este le dijo que debían ajustarse a lo que se había firmado en un principio.
Ahora formulo la pregunta: En principio, dada la actitud de la madre, en la que el padre ve una utilización de los niños, en el primer caso solo para hacerle daño y en el segundo para hacer negocio, ya que la madre debería tenerlos solo 3 días a la semana y cobrar por ello una pensión alimenticia de 400 euros.
¿Podría el padre conseguir la custodia de los niños alegando todas estas situaciones?
Con respecto al régimen de visita ( martes, viernes, sábado, domingo)
¿El padre estaría obligado a recoger los niños el día viernes y devolverlos el día domingo, o podría recogerlos el día viernes y devolverlos el mismo día por la noche para que duerman en la casa de su madre y lo mismo para el sábado y domingo?

2 Respuestas

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Creo que esta pregunta es igual que otra que acabo de responder, por tanto ya está respondida.
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En primer lugar, agradecerle la confianza depositada al formular su consulta jurídica a través de la web todoexpertos.
En nuestro despacho, consideramos que todos los asuntos son distintos y por eso aconsejamos una entrevista personal, para poder dar una respuesta concreta y ajustada a su situación, ofrecida por los mejores especialistas en temas matrimoniales y basada en la confianza y seriedad.
De todos modos, y de lo que podemos deducir de su consulta, vía e-mail, debemos indicarle que solicitar una modificación de la guarda y custodia es complicada, debiendo estar muy acreditados los motivos para solicitar este cambio y que las circunstancia que lo propician sean muy graves; y por otro lado, en cuanto al régimen de visitas debería conocer el contenido del convenio en este aspecto para poder darle una respuesta.
Esperamos haberle sido de ayuda, y quedamos a su disposición.
Cordialmente,
Silvia Broncano
Abogada
Jurif- advocats consultors-
www.jurif.com
Gracias por tu interés, bueno en cuanto al régimen de visitas no hablaba de horas de recogida y de entrega, solo decía que los tenia que recoger en el domicilio y dejarlos en el mismo lugar una vez finalizado el periodo pero no decreta horas ni nada por el estilo, cabe agregar que la madre en ese tiempo tenia un trabajo los fin de semana y por eso pactaron que esos días ella se los dejaba a el, 3 años después ella posee otro trabajo, porque en el convenio decía que el los tenia que tener esos días ya que ella trabaja, entonces mi duda es on respecto al régimen de visitas a ver si me pudieras ayudar.
Si el convenio establece fines de semana alternos de viernes a domingo, significa que deben pernoctar con el padre, no pudiendo recogerlos y entregarlos el mismo día, sino que tienen que estar con el padre todo el fin de semana.
Como norma general, el horario es los viernes desde la salida del colegio y la entrega los domingos a las 20 horas. Pero debería haber quedado recogido en el convenio las horas, para que no hubieran problemas.
Quedo a su disposición para cualquier aclaración.
Hola Silvia nuevamente gracias por responder y brindarte tu ayuda, con respecto a la ultima pregunta referido al régimen de visitas que esta escrito ahí, no habla de fin de semana de por medio, habla de todos los fin de semana, ya que la madre en ese tiempo trabajaba todos los fin de semana, por lo tanto la duda de mi pareja es, si ella tiene la guardia y custodia de ellos y el le pasa lo acordado en el convenio de la pensión, ¿por qué el los tendría que tener todos los fin de semana durmiendo con el en casa si a un final los tendría más días que ella?, el problema es que en dicho acuerdo no habla de horas, solo dice así: que los tendría que tener los días martes, viernes, sábados y domingos que le corresponda trabajar a ella, recogiéndolos en el domicilio y devolviéndolos al mismo lugar una vez que se termine el periodo de visita, por eso que ella dice que el los tiene que tener todos los fin de semana, cosa que nos parece muy injusto que entonces el los tenga más días que ella, y ella es la que tenga la custodia y aun así reciba la pensión completa, porque el en su momento, cuando la madre trabajaba los fin de semana, el los recogía pasaban con ellos el día y al final de la jornada iba y los dejaba en el domicilio de ella, pero ella ahora quiso cambiar los planes porque vio una vida cómoda sin los hijos los fin de semana y tras de eso recibiendo el dinero, entonces he ahí vuestra pregunta, mientras el soluciona lo de la custodia porque ese es su mayor deseo que estén a su cargo, la enorme duda es que si en el escrito no se habla de horas de entrega, entonces el los recogería todos los fin de semana que pasen todo el día con el y en la noche se los devuelve a la madre, para que duerman con ella. Queríamos saber si ella podría poner alguna denuncia por incumplimiento a la ley( régimen de visitas), en caso que no duerman con el los fin de semana, aunque pase en el día con ellos todos los fin de semana.
Ojala te haya quedado clara mi pregunta, no se si me explique bien, por favor si puedes ayudarnos te lo agradecería muchísimo.
Un saludo
Si el convenio establece que el padre estará con los hijos los días que la madre trabaje, puede interpretarse que solo estará con ellos, durante esas horas de trabajo, reintegrando a los menores en el domicilio materno por la noche (si la madre ya ha vuelto de trabajar). En cuanto a los fines de semana, si se señala viernes, sábado y domingo, podría hacerse la misma interpretación, si no dice expresamente fines de semana.
Si el convenio nada dice de la pernocta, la madre no puede poner ninguna denuncia por incumplimiento de régimen de visitas, ya que no se puede incumplir algo que no se dice en el convenio.
Atentamente,
Silvia Broncano
Jurif-advocats consultors-
www.jurif.com
Muchas gracias Silvia por tu atención, lo tomaremos en cuanta a la hora de actuar, en todo caso por ahí estaré molestándote de nuevo en caso de que tenga alguna otra inquietud. Un saludo

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