Revisión Manutención

La ex de mi pareja está en querella criminal porque ella dice que mi pareja no ha mantenido contacto alguno con los niños. Esto es muy largo de explicar, en verdad es la hija quien con 11 años no quería venir a pernoctar y al hijo pequeño la ex no se lo dejaba. Pero mi pareja sí los ha estado viendo, tiene fotos con ellos, un parte médico que ha llevado al pequeño a urgencias y 2 burofaxes donde se explica la situación a la madre. Todo esto se lo ha entregado al juez, per el juez ha llamado a declarar a la hija...
Mi pareja está en el paro desde octubre de 2008 y nosotros estamos casados desde noviembre de 2008 (en separación de bienes), la ex también está en el paro. ¿Mi pareja cobra 677? ¿Y todo lo gasta en la manutención de los niños 418? Y en la mitad de la hipoteca donde viven la ex y los niños. A mi pareja se le acaba el paro en octubre y a la ex en septiembre... ¿Puede mi pareja pedir ya la revisión de la manutención? Lo digo porque no quiero que se exponga a la cárcel, ya que cuando se le acabe el paro no habrá manera de pagar tanto dinero... ¿Tiene qué esperarse a resolver está denuncia de querella criminal o ya puede hacerlo? Como va tan lenta la justicia... ¿Cuándo se pide la revisión de la manutención hay que esperarse a que el juez dictamine o hay unas medidas de urgencia, porque si no cobra nada como va a pagar...?

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Tendría que pedir una modificación de medidas por la vía civil.
Pero hay que esperar a que el juez dictamine la rebaja o se toman algún tipo de medidas. Porque si á mi marido se le acaba el paro solo tendrá el subsidio (si es que se lo dan) y cómo ha de pagar si no tiene dinero. ¿Se toman algunas medidas en casos de urgencia?
Podríamos pedir medidas provisionales, para el tiempo que dura el procedimiento.
Deberíamos pedir ya la revisión (porque en octubre se le acaba el paro a mi marido) o esperar a que se aclare el otro juicio. Porque nos han dicho que puede entenderse como venganza o algo así... y perjudicar el tema de la querella que la ex ha interpuesto mintiendo.
No, lo deberíamos empezar cuanto antes. Y no se trata de ningún tipo de veneganza puesto que se basa en pruebas objetivas perfectamente valorables por el Juez.
Disculpa que no haya contestado antes, pues hemos estado fuera del país. ¿Una última duda le puede perjudicar a mi marido en la revisión de la manutención que esté casado conmigo? (¿Por qué yo sí trabajo y cobro unos 1600?) Pero estamos casados en separación de bienes. ¿Me pueden exigir a mi pagar la manutención de sus hijos? Gracias.
NO.

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