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BODA CIVIL
Documentos necesarios:
- Fotocopias del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia.
- Certificado literal de nacimiento actualizado, expedido por el registro civil del lugar de nacimiento.
- Certificado de residencia: Se obtiene en el ayuntamiento de la población donde se ha residido durante los dos últimos años.
- Certificado de nacionalidad.
- Certificado de solteria : Es una declaración jurada del estado civil. La facilita el juzgado.
- Rellenar la instancia del Registro Civil.
- Autorización del tribunal para los menores de 18 años.
Estos documentos deben presentarse en papel sellado y tienen una validez de 6 meses.
Una vez se ha tramitado la documentación, en el ayuntamiento se publicarán las amonestaciones durante tres semanas consecutivas. Después de estas tres semanas, los novios con el certificado de que las amonestaciones han sido publicadas, se personarán en el ayuntamiento con dos testimonios para firmar el consenso.
La ceremonia civil puede celebrarse en los salones del Ayuntamiento, en las sedes de los distritos municipales o en el registro civil. La ceremonia dura aproximadamente 15 minutos y la preside un juez junto con un secretario.
El juez lee en voz alta el nombre de los contrayentes y el de los testigos y les recuerda sus deberes y los derechos de los que se casan. También lee los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil, y al igual que en la ceremonia religiosa se pide a la pareja que hagan un compromiso de fidelidad y ayuda mútua.
El intercanvio de anillos se puede hacer, aunque no es obligatorio. Después, firman el registro con dos testigos. Finalmente el juez les entrega el libro de familia.
links:
www.celebratuboda.com/informacion/civil.php
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